Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 17535
Acuerdo por el que se declara finalizado el procedimiento y se archiva el expediente de las Normas subsidiarias de planeamiento y Catálogo del municipio de Selva
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La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de día 27 de noviembre de 2015, tomó el acuerdo siguiente:
"Vista la tramitación llevada a cabo en la fase de aprobación definitiva que prevé el artículo 132 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, Reglamento de Planeamiento Urbanístico, del documento de Normas subsidiarias de planeamiento y Catálogo del municipio de Selva, y considerando que, después de efectuar los actos de instrucción de la fase del procedimiento que corresponden, resulta que:
PRIMERO.- En fecha 22 de abril de 2008 la Comisión Permanente acordó la inviabilidad de sujetar a evaluación ambiental estratégica la revisión de las Normas subsidiarias de Selva dado el estado adelantado del procedimiento.
SEGUNDO.- El artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo establece la obligación de la administración de dictar resolución expresa en todos los procedimientos. Asimismo, el artículo 87.2 de la Ley 30/1992 establece como uno de los medios de terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas.
Por todo ello, en virtud de lo que ahora se ha manifestado, esta Comisión, previa propuesta de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, acuerda declarar finalizado el procedimiento que se sigue en el expediente: 18/2005-PU, vista la imposibilidad legal de continuarlo por causas sobrevenidas, de acuerdo con el Informe del Servicio Jurídico de Urbanismo de día 11 de noviembre de 2015, con archivo del expediente de Normas subsidiarias y catálogo mencionado, ya que no se pueden tramitar separadamente, y comunicación de este acuerdo al municipio afectado."
La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del Acta.
Contra este acuerdo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 2 de diciembre de 2015
El secretario delegado de la Comisión Insular
de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Jaume Oliver Morell