Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 17530
Decreto de delegación especial - Área de Ciudadanía, Cultura y Turismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

DELEGACIÓN ESPECIAL AL ​​CONCEJAL D. MATEO JUAN FERRER

La alcaldía presidencia, en fecha 11 de noviembre de 2015, ha dictado la resolución que seguidamente se transcribe:

"Esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) .

Razones de oportunidad y conveniencia en vez de una agilización y mejora del servicio, aconsejan delegar la dirección y gestión de determinados asuntos que a continuación se detallarán, en el marco establecido en el Decreto de Alcaldía núm. 2859. / 2015, de 11 de junio, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Manacor.

En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.3 y 23.4 de la LRBRL, y 43,44,120,121 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROFJEL),

RESUELVO:

1º. Delegar en el Concejal Sr. Mateo Juan Ferrer, la dirección y gestión de los asuntos incluidos en el área de CIUDADANÍA, CULTURA Y TURISMO que a continuación se especifican:

- Fiestas.

- Cementerio.

- Transportes.

- Atención al ciudadano.

2º. La delegación especial conferida se circunscribe al estudio, dirección interna y gestión de la materia relacionada con el ámbito de actuación definido, incluida la firma de documentos de trámite, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

3º. El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y la persona delegada actuará bajo la dependencia y coordinación funcional de la 3ª. Teniente de Alcalde, Da. Antonia Llodrà Brunet, Delegada del Área de Ciudadanía, Cultura y Turismo.

4º. Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación del Concejal Delegado, se publicarán en el BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar.

5º. El Concejal Delegado queda obligada a informar a esta Alcaldía ya la Delegada de Área de la que depende el estado de los asuntos que gestione, así como los actos de trámite que correspondan a decisiones de trascendencia en los términos previstos en el artículo 115 del ROFRJEL.

En lo no previsto en esta resolución regirán la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en dichas normas.

         

Manacor, 11 de noviembre de 2015

         

El alcalde

Pedro Rosselló Cerdà