Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 17436
Resolución de rectificación de errores de la resolución de concesión de los Premios del Consejo de Mallorca a la Solidaridad y Accesibilidad del año 2015
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El 27 de noviembre de 2015, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ha resuelto:
"Resolución de rectificación de errores de la resolución de concesión de los Premios del Consejo de Mallorca a la Solidaridad y Accesibilidad del año 2015
Dado que el 17 de noviembre de 2015 la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales dictó una resolución mediante la cual se resuelve la concesión de los Premios del Consejo de Mallorca a la Solidaridad y Accesibilidad del año 2015.
Dado que se ha detectado un error material en el punto segundo de la parte resolutiva de dicha resolución con respecto a la autorización y disposición económica.
Dado lo previsto en el art. 105 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, y en uso de las atribuciones conferidas y de acuerdo con la letra z) del artículo 7.2 de los Estatutos de la Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales,
RESUELVO
1. Aprobar la corrección del error aritmético observado en la resolución a que se ha hecho mención más arriba para que donde dice en el punto segundo de la parte resolutiva:
«Segundo. DISPONER a favor de cada una de ellas de la cantidad de VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000,00€), y RECONOCER las obligaciones por un total de 28.000,00€, de acuerdo con la relación siguiente con cargo a la partida 40.23159.48101 del vigente presupuesto de gastos y consiguientemente, CANCELAR el documento contable por la diferencia (8.000,00€). »
Diga:
«Segundo. AUTORIZAR un gasto de VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000,00€), y DISPONER a favor de cada una de ellas de la cantidad de CUATRO MIL euros (4.000,00€), de acuerdo con la siguiente relación con cargo a la partida 40.23159.48101 del vigente presupuesto de gastos y consiguientemente, CANCELAR el documento contable por la diferencia (8.000,00€). »
2. Notificar esta resolución al Servicio de Gestión Económica a la Intervención Delegada del IMAS.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 27.1 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en fecha 9 de febrero de 2012 (BOIB núm. 28 de 21/02/2012), en relación con el artículo 14.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. "
Lo cual uso comunico para su conocimiento ya los efectos oportunos.
Palma, 27 de noviembre de 2015
La secretaria delegada
(BOIB núm.160 de 14-11-2006)
Inmaculada Borrás Salas