Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 17441
Resolución de la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública por la que se aprueba la propuesta para la provisión de los puestos de cabo, adscritos a la Dirección Insular de Emergencias del Departamento de Desarrollo Local del Consell de Mallorca
La consejera executiva de Modernización y Función Pública ha dictado en fecha de hoy la siguiente resolución:
“Hechos
El 21 de mayo se aprueban las bases por las cuales se convoca este procedimiento mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo y el Decreto de la Presidencia de 11 de junio de 2015 (BOIB núm. 91, de 20 de junio).
El 26 de octubre se publicaron los resultados provisionales de la provisión de los puestos de cabo y se dieron tres días para efectuar reclamaciones.
El 16 de noviembre se reúne la Comisión Técnica de Valoración dado que se formuló una reclamación, la cual se estimó. Al mismo tiempo se detecta un error en la valoración del punto 4 de las bases que afecta a todos los participantes y obliga a modificar, consecuentemente, la puntuación total. Por este motivo se abre un nuevo plazo de cuatro días para formular alegaciones.
Ya que no se han interpuesto reclamaciones y de acuerdo con la base 10.3, se eleva a definitiva la propuesta publicada en fecha 16 de noviembre.
De acuerdo con la base 10.5, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
1.- Adjudicar, adjuntos al anexo I de esta Resolución, los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria.
2.- Publicar esta resolución en el BOIB y a título informativo, en el tablón de anuncios de la Llar de la Infancia, en la Intranet y en la página web del Consell de Mallorca.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Presidencia del Consell de Mallorca, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se podrá interponer un recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse un recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede efectuar, si se da el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
De conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.”
Palma, 30 de noviembre de 2015
Por delegación de la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública,
el secretario técnico del departamento
(Resolución de 20 de julio de 2015, BOIB Núm. 117, de 4 de agosto de 2015)
Daniel Perelló Matheu
ANEXO I
Apellidos y nombre |
Puntuación |
Parque asignado |
SOLER CAPO, FRANCISCO |
41,08 |
MANACOR |
FRANCO FRANCO, BERNARDO |
37,26 |
CALVIA |
SANCHEZ LOPEZ, MIGUEL A. |
36,27 |
----- |
MARGARIT TRIAS, LORENZO S. |
35,67 |
----- |
DIAZ BALUFO, MARTIN |
34,70 |
INCA |
LOPEZ SASTRE, ENRIQUE |
29,26 |
INCA |