Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 17398
Anuncio consejo escolar de la escuela infantil municipal de 1r ciclo, Es Nieró
Consejo escolar de la Escuela Infantil municipal de 1r. ciclo (0-3 años)
“Es Nieró”, curso 2015-2016
El pleno del ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2015, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Informados del resultado de la elección de la representante de las madres y padres de alumnos, i de la elección de la representante de las trabajadoras del centro.
Atendida la composición del consejo escolar que determina el art. 3,2 del Reglamento interno de la escuela infantil municipal, de 4 de noviembre de 1997 (BOCAIB nº 143, de 18.11.1997).
En ejercicio de la atribución que le confiere el art. 3,2 del Reglamento interno de la escuela infantil municipal, el pleno del ayuntamiento acuerda:
Nombrar como miembros del consejo escolar de la Escuela Infantil de 1r. ciclo (0-3 años) “Es Nieró”, curso 2015-2016, las siguientes persones:
- Laura Perelló Rigo, concejala delegada de educación y juventud, que actuará como a presidenta.
- Antònia Maria Riera Fonollar, maestra especialista en educación infantil y coordinadora, elegida por las trabajadoras del centro, que actuará de secretaria.
- Ana María Garrido Salvà, representante de las madres y padres de alumnos.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Recursos.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a. Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB).
b. El recurso de reposición potestativo ante el pleno del ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. De conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Alaró, a 30 de noviembre de 2015.
La alcaldesa,
Aina Maria Munar Isern