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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE MANACOR

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE MANACOR

Núm. 17164
Juicio verbal 429/2014 sobre otras materias

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

 En Manacor, a 24 de Junio de 2015.Vistos por Doña. MARÍA JOSÉ ARAIX FRECHINA, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Manacor, los presentes autos de Juicio Verbal nº 429/2014, seguidos ante este Juzgado a instancia de Dª. MARÍA TERESA FLAQUER VILLIGER actuando en nombre y representación de la comunera DON QUIJOTE COMUNIDAD DE BIENES C.B., asistida del Letrado Sr. Pere Fuster, contra Dª. SANDRA HEISE, en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad de 1.998´59 euros, y en base a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO.-FUNDAMENTOS DE DERECHO.

FALLO.

Que estimando la demanda formulada por Dª. MARÍA TERESA FLAQUER VILLIGER actuando en nombre y representación de la comunera DON QUIJOTE COMUNIDAD DE BIENES C.B., DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª. SANDRA HEISE, en situación procesal de rebeldía, a abonar a la demandante la suma de 1.998´59 Euros y a las costas del Juicio, poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que frente a la misma no cabe recurso en virtud de lo dispuesto en el Art. 455.1 de la LEC en la redacción dada por la Ley 37/2011 de medidas de agilización procesal ( BOE nº 245 de 11 de octubre ) al tratarse de una sentencia dictada en un juicio verbal por razón de la cuantía que no supera los 3.000 euros.

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de DÑA. SANDRA HEISE, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En MANACOR, a veinticinco de Junio de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL