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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 16987
Ejecución de títulos judiciales 253/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 253/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de ROSA MARIA PARDAL GARGAMALA contra la empresa  NADIA TRADERS, SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y / o tasación de costas practicada por importe de 241,90 Euros a cuyo pago resulta condenada NADIA TRADERS, SL en las presentes actuaciones.

Obrando ingresada la cantidad de 830,31 Euros, expido Mandamientos de Devolución: a favor de la parte ejecutante por la cantidad de 241,90 Euros en concepto de intereses y costas, quedando éstas totalmente cubiertos, y a favor de la ejecutada por la cantidad sobrante de 588,41 Euros.

Acuerdo:

- Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de ROSA MARIA PARDAL GARGAMALA frente a NADIA TRADERS SL

- Alzar los embargos trabados en las actuaciones a cuyo fin se librarán los oportunos oficios.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a NADIA TRADERS, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a doce de noviembre de dos mil quince

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL