Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 17200
Aprobación definitiva expediente de modificación de crédito núm. 3/2015
Vistos los artículos 169.1 y 177.2 del real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 38.2 del real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público que contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito 3/2015, para la realización de una transferencia de crédito a una partida del vigente presupuesto, adoptado por la corporación del Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 14 de octubre de 2015, NO se ha presentado ninguna reclamación, por lo que queda aprobado definitivamente, y a continuación se transcribe a nivel de capítulos las partidas afectadas:
1.- Aprovar inicialmente la modificación de crédito en forma de crédito extraordinario a la partida siguiente dels Presupuesto propio del ejercicio 2015 por el importe que se indica a continuación:
Partida |
Descripción Gasto |
Importe |
48029 |
Subvención Banda de Música y Coral |
16.000,00 |
2.- Financiar esta modificación mediante la baja de crédito de otras partidas del Presupuesto vigente no comprometidas:
Partida que se da de baja |
Descripción |
Importe de la baja |
2279910 |
Actuaciones musicales de bandas y corales |
16.000,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación de crédito se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, dentro del plazo establecido y en la forma oportuna que establecen las normas de dicha jurisdicción, conforme a lo que se dispone en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción o bien cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Ses Salines, 26 de noviembre de 2014
El Alcalde
Bernat Roig.