Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 17169
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 18 de noviembre de 2015, por la cual se establecen los días hábiles para la práctica de la pesca recreativa y submarina en la reserva marina del Levante de Mallorca
El artículo 6.1 del Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el cual se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Islas Baleares establece que, en la reserva marina de Levante, la pesca submarina se podrá practicar los sábados, los domingos, los festivos y dos días laborables semanales que se determinarán mediante una resolución de la Dirección General de Medio Rural y Marino, actualmente Dirección General de Pesca y Medio Marino.
Además, el Decreto 21/2007, de 23 de marzo, por el cual se establece la reserva marina del Levante de Mallorca, establece al artículo 6, que los días hábiles para la pesca recreativa desde tierra y embarcación son los sábados, los domingos y dos días laborables que se establecerán mediante una resolución de la Dirección General de Pesca.
Dado que la Resolución de la Directora General de Pesca de 13 de diciembre de 2012, por la cual se establecen los días hábiles para la práctica de la pesca recreativa y submarina en la reserva marina del Levante de Mallorca, ha dejado de tener vigencia y que en la última reunión de la Comisión de Seguimiento no se propuso el cambio de estos días.
Por todo esto, una vez consultadas las cofradías de pescadores, la Federación Balear de Cofradías y las asociaciones de pescadores recreativos implicadas, dicto la siguiente
Resolución
Los días laborables hábiles para la práctica de la pesca recreativa desde tierra y embarcación y submarina en la reserva marina del Levante de Mallorca son los martes y los jueves.
Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y tiene una vigencia de tres años a partir de su publicación.
Palma, 18 de noviembre de 2015
El Director General de Pesca y Medio Marino
Juan Mercant Terrasa