Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA
Núm. 17161
Aprobación bases que regirán el procedimiento selectivo para la contratación de un/a adjunto/a a Gerencia mediante contrato de relevo, a través de un contrato en régimen laboral temporal, así como la formación de una bolsa de trabajo
Mediante acuerdo del Consejo de Administración en sesión celebrada en fecha 29 de octubre de 2015, se han aprobado las bases que regirán el procedimiento selectivo para la contratación de un/a adjunto/a a Gerencia mediante contrato de relevo, a través de un contrato en régimen laboral temporal, así como la formación de una bolsa de trabajo.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados desde el día siguiente a la última publicación (página web o BOIB).
Lo que se publica.
Alcudia, 3 de noviembre de 2015
El Presidente de EMSA, SAU
Domingo Bonnín Daniel
BASES DE SELECCIÓN DE UNO/A ADJUNTO/A A GERENCIA PARA LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ALCUDIA, S.A.U. EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL
Primera.-Objeto de la convocatoria
El objeto de la convocatoria es la contratación de uno/a Adjunto/a a Gerencia mediante contrato de relevo, a través de un contrato temporal y a jornada completa, a partir de la fecha en que pase a la situación de jubilación parcial anticipada el trabajador relevado y hasta la fecha de su jubilación definitiva.
También se prevé la formación de una bolsa de trabajo con el resto de participantes en el proceso selectivo para atender, mediante la modalidad contractual laboral que corresponda, otras situaciones temporales o circunstanciales que vengan reguladas en el artículo 15.1 apartados b y c del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normativa de desarrollo.
El sistema de selección será el de concurso-oposición libre.
El puesto de trabajo pertenece al grupo 1 de la clasificación profesional de la empresa, con las retribuciones establecidas convencionalmente.
Segunda.- Funciones del puesto de trabajo
Las funciones básicas del puesto de trabajo serán las siguientes:
A. DIRECTAMENTE VINCULADAS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES.
B. EN MATERIA DE GESTIÓN Y ADMINISTRATIVA
Tercera.- Requisitos de los aspirantes
Para tomar parte en el concurso será necesario poseer los siguientes requisitos en la fecha de expiración señalada para la presentación de solicitudes:
Y, antes de proceder a la firma del contrato, el candidato propuesto por el órgano de selección deberá acreditar:
h. Tener la condición de desempleado inscrito como tal en la oficina pública de empleo (SOIB).
Cuarta.- Presentación de instancias
Las instancias para participar en el concurso oposición se tendrán que presentar, dirigidas al Sr. Presidente de la Empresa Municipal de Servicios de Alcúdia, S.A.U., en el registro de entrada de la empresa, ubicado en la calle de los Albellons, nº. 2, 2a planta, de Alcúdia, dentro del plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB. En caso de que el último día del plazo fuera el sábado, domingo o festivo, el plazo se alargará hasta el inmediato día hábil siguiente.
Para ser admitidos y tomar parte en el concurso será suficiente con presentar una declaración responsable en la que manifiesten que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera de la convocatoria, excepto el requisito de conocimiento del nivel B2 de Catalán, que deberá ser acreditado mediante la correspondiente certificación. En caso de no aportar la mencionada certificación del nivel de conocimiento de catalán exigido, se obligará a los aspirantes a la superación de una prueba específica (previa al inicio del resto de pruebas selectivas) que acredite el nivel de conocimiento de lengua catalana requeridos. Esta prueba se llevará a cabo por parte del Servicio de Normalización Lingüística del Ayuntamiento de Alcúdia.
Junto a la instancia, los aspirantes deberán presentar aquellos documentos originales o copias compulsadas que acrediten los méritos de los que sean titulares a valorar por el Tribunal en la fase de concurso. Los méritos alegados y no justificados debidamente antes de la finalización del plazo de presentación de instancias no serán valorados.
Quinta.- Relación de aspirantes admitidos y excluidos
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del Consejo de Administración de EMSA dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el plazo de tres días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de instancias, que se hará pública en la página web municipal (www.alcudia.net/emsa). A partir de la publicación se concederá un plazo de diez días para que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas y serán corregidos, en su caso, los errores que se hayan podido cometer. A la misma resolución se comunicará la fecha de inicio de los ejercicios, lugar y hora.
Si hay reclamaciones, estas serán aceptadas o rechazadas en la decisión que se dicte. Este aprobará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública a través del mismo medio que la relación anterior. Los sucesivos anuncios del procedimiento selectivo se publicarán a través de dicha página web.
En caso de no producirse reclamaciones a la lista provisional, se entenderá esta elevada a definitiva, sin necesidad de nueva resolución y publicación.
Sexta.- Tribunal calificador.
El Tribunal estará formado por Presidente, Secretario y tres vocales, siendo todos ellos designados por el Presidente de EMSA.
Podrá asistir un miembro designado por el comité de empresa, con voz pero sin voto.
El Tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la asistencia del Presidente, del Secretario y de por lo menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.
El funcionamiento del Tribunal y el procedimiento que se siga se ajustará en todo momento a lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cada miembro del órgano de selección tendrá su correspondiente suplente, para cubrir las ausencias posibles que se puedan dar.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte de este cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiese realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria, circunstancia que deberán notificar, en este caso, al Presidente del Tribunal o, en caso de incurrir en la causa el Presidente, al Secretario del Tribunal.
Los aspirantes podrán recusarlos por iguales motivos, caso de no abstenerse el miembro del Tribunal afectado por una de las causas anteriormente referidas.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su tarea de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas que se tendrán que realizar a lo largo del proceso selectivo. Estos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, sobre la base de las que colaborarán con el Tribunal y tendrán voz pero no voto.
El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponde al Tribunal la consideración, validación y apreciación de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respeto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
A efectos de comunicaciones y otros incidencias que puedan surgir durante el proceso, el Tribunal tendrá su sede en la calle de los Albellons, 2, 2n piso, 07400, Alcúdia, teléfono: 971 54 72 91.
Séptima.- Fase de concurso y méritos objeto de valoración:
A continuación se establecen los méritos que deberán ser valorados por el Tribunal (máximo de 30 puntos):
1. Servicios prestados en administración pública o cualquier ente del sector público (organismos autónomos, entidades públicas empresariales, fundaciones públicas, consorcios, o mercantiles públicas), en funciones similares al puesto de trabajo ofertado:1 punto por año trabajado hasta un máximo de 10 puntos (se prorratearán por meses las fracciones inferiores a un año, menospreciándose las fracciones inferiores al mes). Este mérito se acreditará mediante certificación de la administración o entidad correspondiente donde consten las funciones ejercidas y el período durante el que se han prestado, así como mediante la certificación oficial de los períodos de cotización a la Seguridad Social, acompañada de los contratos de trabajo.
2. Formación reglada: (máximo de 10 puntos):
Titulación de grado o titulado superior en ciencias ambientales, ingeniería ambiental o ingeniería industrial: 6 puntos
Otras licenciaturas o grados vinculados al contenido del lugar de trabajo: 2 puntos por cada titulación.
Doctorado en la licenciatura exigida o máster oficial vinculado al contenido del lugar de trabajo: 2 puntos.
3. Formación no reglada: (máximo 5 puntos):
4. Entrevista personal: para valorar la capacidad del aspirante para el desarrollo de las funciones del lugar de trabajo se puntuará hasta un máximo de 5 puntos.
La fase de concurso no será eliminatoria ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.
Solo se valorarán los méritos de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Octava.-Fase de oposición
Constará de dos pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio. Cada una de las pruebas puntuará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los opositores que no consigan un mínimo de 7,5 puntos en cada una de ellas:
8.1. EJERCICIOS
8.1.1 Prueba teórica de 60 preguntas tipo test. (máximo 15 puntos)
Cada respuesta correcta puntuará 0,25 puntos, y cada respuesta incorrecta restará 0,1 puntos. El temario a defender será el siguiente:
La duración del ejercicio será de 60 minutos como máximo. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán tres respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las respuestas en las correspondientes hojas de examen.
8.1.2 Resolución de un caso práctico relacionado con el lugar de trabajo.
8.2 PROCEDIMIENTO QUE SE SIGUE PARA LA VALORACIÓN DE LOS EJERCICIOS
Concluido el primero de los ejercicios, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de EMSA y en la página web de la Sociedad, la relación de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para superar el ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida. Los interesados podrán solicitar revisión y/o audiencia al Tribunal dentro de los tres días hábiles siguientes a dicha publicación.
Una vez finalizado el segundo ejercicio el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de EMSA y en la página web de la Corporación la relación de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para superar el ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida. Los interesados, asimismo, podrán solicitar revisión y/o audiencia al Tribunal dentro de los tres días hábiles siguientes a la mencionada publicación.
Entre la realización del primer ejercicio y el segundo deberán transcurrir un mínimo de cinco días hábiles.
Novena.- Calificación de los ejercicios de la fase de oposición y calificación definitiva del concurso oposición
La calificación definitiva del concurso-oposición será la suma aritmética de la calificación de la fase de oposición y de la puntuación de la fase de concurso. En caso de empate en la puntuación final, prevalecerán los méritos relativos a la experiencia profesional a que se refiere el punto 1 de la base séptima.
Si persistiese el empate finalmente se procedería al sorteo.
Acabada la calificación de los aspirantes el Tribunal procederá a hacer públicas en el tablón de edictos de EMSA las calificaciones y la relación de aprobados, y elevará dicha relación de aprobados al Consejo de Administración de EMSA para que dicte la correspondiente resolución por la que se proponga la contratación, así como se constituya el bolsín de trabajo.
Los aspirantes aprobados pasarán a formar parte de un bolsín de trabajo que podrán ser llamados por estricto orden de puntuación cuando se produzca la necesidad de proceder a formalizar el correspondiente contrato de relevo.
Décima.- Presentación de documentos y contratación
El aspirante propuesto para formalizar el contrato de relevo aportará, dentro del plazo de quince días naturales a contar desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de reunir los requisitos exigidos en la base tercera. Caso de que el aspirante propuesto no reúna los requisitos exigidos, o no los acredite en el plazo establecido, el Tribunal procederá a proponer la contratación del aspirante siguiente por orden de puntuación.
Presentada la documentación, se procederá a la contratación del aspirante que corresponda por orden de puntuación, a la fecha de la jubilación parcial del titular de la plaza, mediante contrato laboral de relevo temporal, debiendo incorporar en el puesto de trabajo el día que se acuerde dicha contratación.
En caso de que, por causas sobrevenidas, se tenga que llamar al siguiente o sucesivos aspirantes del Bolsín, estos deberán aportar en el plazo de quince días la documentación exigida en la base tercera de esta convocatoria, procediéndose en la misma forma a la indicada en el párrafo primero de esta Base.
La vigencia máxima de este bolsín será de cinco años desde su publicación.
Undécima.- Incidencias
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar las decisiones necesarias para el buen orden del procedimiento de selección, en todo aquello no previsto en estas bases.
La convocatoria, sus bases y las decisiones que se deriven de esta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas delante del Consejo de Administración de la empresa, y en su caso, se podrán iniciar las acciones legales que se consideren oportunas delante de la Jurisdicción Social.
Alcúdia, a 29 de octubre de 2015
Presidente de EMSA, SAU
Domingo Bonnín Daniel
SOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN
Denominación plaza ADJUNTO/A A GERENCIA |
Primer apellido__________________________
Segundo apellido_________________________ Nombre___________________
DNI/NIF____________________
Domicilio: ________________________________________________________
Localidad:____________________________Teléfono:_____________________
Méritos que se alegan según las bases de selección:
1.___________________________________________________________________
2.-__________________________________________________________________
3.-__________________________________________________________________
4.-__________________________________________________________________
5.-__________________________________________________________________
6.-__________________________________________________________________
Certificado nivel B2 de català (o superior):
Presenta certificado.
Solicita realizar la prueba de aptitud.
El abajo firmante declara reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria.
En Alcudia, ______de________________de 2015.
(Firma)
SR. PRESIDENTE DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ALCUDIA, SAU