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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17149
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Modificación de la convocatoria de Jefe/a de departamento de Personal

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Texto

La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 20.340  de 24 de noviembre de 2015, acordó lo siguiente:

PRIMERO.- Modificar la convocatoria aprobada por decreto núm. 18010 de fecha 15 de octubre de 2015, de la Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior mediante la cual se convocó el puesto de trabajo de Jefe/a de departamento de personal del Área de Función Pública y Gobierno Interior, código F30170005 habiéndose constatado por parte del Servicio de selección y provisión que en el acuerdo de Junta de Gobierno de 31 de julio de 2013 mediante el cual se llevaba a cabo la adecuación de la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento a la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la CAIB, en materia de exigencia de niveles de catalán.

En dicho Acuerdo se preveía que para los procesos de provisión convocados por el ayuntamiento se llevara a cabo previamente una prueba práctica de conocimientos de catalán, concretamente se determinaba lo siguiente:

1.  "Establecer las siguientes especificidades en materia de acreditación del nivel de conocimientos de la lengua catalana en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de este Ayuntamiento:

a. Las convocatorias de provisión de puestos de trabajo que tengan como requisito un determinado nivel de conocimientos de la lengua catalana, tanto de concurso como de libre designación, en forma definitiva o provisional, incluirán la realización, con carácter previo, de una prueba específica para que las personas aspirantes que no puedan acreditar la posesión del nuevo nivel de conocimientos de la lengua catalana exigido en cada caso, puedan obtenerlo. Esta prueba será valorada como APTO o NO APTO. Las personas que no puedan cumplir el requisito serán excluidas del proceso de provisión. "

Dado que el puesto convocado, de acuerdo con lo establecido en la Relación de puestos de trabajo, se exigía como requisito el nivel C1 de catalán, y no se ha previsto la opción de realizar la prueba práctica en la que se ha hecho referencia, derivada del Acuerdo de junta de gobierno de 31 de julio de 2013, se procederá a la realización, por parte de los Servicios lingüísticos municipales de la prueba correspondiente al nivel mencionado.

SEGUNDO.- Publicar nuevamente las bases específicas que regirán este procedimiento de provisión incluyendo la prueba previa de nivel de catalán. Esta publicación abrirá un nuevo plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB, para proceder a la presentación de nuevas instancias para participar en el procedimiento de provisión.

TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares abriendo nuevo plazo de presentación de instancias. En cualquier caso, aquellos aspirantes que hubieran presentado instancia de admisión a la convocatoria publicada en el BOIB número 155, de 24 de octubre de 2015, no deben presentar nuevamente instancia, dándose ya por presentados.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de les personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 25 de noviembre de 2015

El secretario adjunto

Miquel Ballester Oliver