Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17006
Procedimiento ordinario 883/2013
Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ORDINARIO DE CANTIDAD 883/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª SARA FERNANDEZ GALLEGO contra la entidad ETIROL LEVANTE SL, y JESUS FERNANDEZ SAAVEDRA sobre ORDINARIO DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
Que, estimando parcialmente la demanda Dª. Sara Fernández Gallego, frente a D. Jesús Fernández Saavedra y ETIROL LEVANTE, SL, condeno al Sr. Fernández Saavedra a que abone al actor la cantidad de 5.055,46 €, más los intereses que la misma devengue al tipo del 10%, y absuelvo a “Etirol Levante, SL”, de las pretensiones deducidas en su contra.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 190 y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO-00308650, en la cuenta de este Juzgado, Cta. 04660000680088313 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en la cuenta Nº 046600006500883/13, del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a la entidad demandada ETIROL LEVANTE SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a once de Noviembre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL