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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17003
Procedimiento ordinario 417/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000417 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª NATALIA FERNANDEZ PEDROSA contra la empresa  VIA 50 FOOD SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Que, estimando la demanda del sindicato USO-Illes Balears en nombre de Dª Natalia Fernández Pedrosa frente a “Vía 50 Food, S.L.” condeno a la demandada a que abone a la actora  la cantidad de  2.706  €, más los intereses que la misma devengue al tipo del 10%, y los honorarios de su abogado hasta el límite de 600 €.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma NO cabe interponer recurso.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

La extiendo yo, Secretario, para hacer constar que la anterior Sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Social que la suscribe, estando celebrando audiencia pública y es notificada a las partes, quedando su original en el Libro Oficial de Resoluciones y copia testimoniada en los autos. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  VIA 50 FOOD SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a trece de Noviembre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL