Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 17082
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Ibiza de corrección de error material en el artículo 5 de los estatutos de la entidad mercantil Fires, Congressos i Esdeveniments, SAU
El Pleno ordinario del Consejo Insular de Ibiza, en sesión de día 25 de septiembre de 2015, aprobó, por unanimidad (12), la propuesta de corrección de error detectado en el artículo 5 de los estatutos de la mercantil Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa, SAU (abans Fires i Congressos d’Eivissa i Formentera, SAU), en los términos siguientes:
“Por acuerdo plenario de 30 de enero de 2015 se acordó aprobar la modificación de estatutos de la mercantil Fires i Congressos d’Eivissa i Formentera, SAU (ahora Fires, Congressos i Esdeveniments, SAU), y que fueron publicados definitivamente en el BOIB núm. 76 de 21-05-2015
Detectado error material en el acuerdo plenario de 29-10-2010 relativo a la modificación inicial de los estatutos (BOIB núm. 184, de 18-12-2010) y que originó, en su turno, error del acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 21-05-2015 al que se ha hecho referencia anteriormente, ya que en el artículo 5 se dice que “El capital social se fija en la cuantía de ciento cincuenta mil doscientos cincuenta euros (150.250,00 euros) íntegramente suscritos y desembolsados, representado y dividido en dos mil quinientas acciones, de un valor nominal cada una de sesenta euros y diez céntimos (60,10 euros)”
Cuando en realidad tendría que decir “El capital social se fija en la cuantía de doscientos cincuenta mil doscientos cincuenta euros (250.250,00 euros), íntegramente suscritos y desembolsados y divididos en 2.500 acciones serie A de un valor nominal cada una de ellas de 60,10 euros i 2.000 acciones serie B de un valor nominal de 50 euros cada una de ellas”, todo ello de conformidad con el acuerdo de ampliación de capital y modificación de estatutos acordado por el Consejo de Administración en fecha 29 de abril de 2005 actuando por delegación de la Junta General de Accionistas y que fue inscrito en el Registro Mercantil de Ibiza en fecha 06-06-2005.
Por todo lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la LRJPAC, que prevé:
2. Asimismo, las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Visto el informe de la Secretaria del Consejo de Administración de FECOEF, y el Informe-propuesta del Secretario Técnico
Por todo lo anterior, en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto de Presidencia 285/2015, de 6 de julio, se eleva al Pleno la siguiente
PROPUESTA
1. Corregir el error producido, por lo que, el artículo 5, allá donde se señala:
“El capital social se fije en la cuantía de ciento cincuenta mil doscientos cincuenta euros (150.250,00 euros) íntegramente suscritos y desembolsados, representado y dividido en dos mil quinientas acciones, de un valor nominal cada una de sesenta euros y diez céntimos (60,10 euros)”
debe decir:
“El capital social se fija en la cuantía de doscientos cincuenta mil doscientos cincuenta euros (250.250,00 euros), íntegramente suscritos y desembolsados, representado y divididos en 2.500 acciones de serie A de un valor nominal cada una de ellas de 60,10 euros i 2.000 acciones serie B de un valor nominal de 50 euros cada una de ellas”.
2. La publicación de esta corrección del art. 5 de los estatutos sociales en el BOIB.”
Ibiza, 20 de noviembre de 2015
El secretario técnico de Industria, Comercio, Economía y Hacienda
Sergio Sora Pascual