Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 17045
Aprobación definitiva expediente 2015/014 de tranferencias de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, de conformidad a la ORDEN EHA/35652008, de 3 de diciembre
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, adoptado en fecha 29 de octubre de 2015, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos
C.Func. |
C.Econ. |
Denominación de la partida |
IMPORTE |
---|---|---|---|
1511 |
62102 |
Compra de terrenos. |
750.000,00 € |
T O T A L |
750.000,00 € |
Bajas en aplicaciones de gastos
C.Func. |
C.Econ. |
Denominación de la partida |
IMPORTE |
---|---|---|---|
3341 |
62208 |
Ampliación local Escuela de Música. |
150.000,00 € |
4541 |
62924 |
Mejora caminos rurales. |
150.000,00 € |
3221 |
62961 |
Instituto Santa Eulalia del Río. |
150.000,00 € |
3421 |
62967 |
Mejora pistas polideportivas. |
150.000,00 € |
3341 |
62985 |
Mejoras Centro Cultural San Carlos. |
25.000,00 € |
3341 |
62987 |
Rehabilitación Trui de Parella. |
125.000,00 € |
T O T A L |
750.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Santa Eulària des Riu, a 23 de noviembre de 2015
El Alcalde
Vicente Marí Torres.