Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 16930
Acuerdo por el que se declara finalizado el procedimiento y se archiva el expediente de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Felanitx y el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Felanitx
La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de día 30 de octubre de 2015, tomó el acuerdo siguiente:
"Vista la tramitación llevada a cabo en la fase de aprobación definitiva que prevé el artículo 132 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, Reglamento de Planeamiento Urbanístico, del documento de Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Felanitx, y considerando que, después de efectuar los actos de instrucción de la fase del procedimiento que corresponden, resulta que:
PRIMERO. En fecha 17 de septiembre de 2015 el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares acordó en relación con las Normas Subsidiarias de Felanitx la terminación del procedimiento por imposibilidad material de continuarlo de acuerdo con el artículo 87 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; por las razones que se explicitan al acuerdo mencionado.
SEGUNDO. El artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo establece la obligación de la administración de dictar resolución expresa en todos los procedimientos. Asimismo, el artículo 87.2 de la Ley 30/1992 establece como uno de los medios de terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas.
Por ello, en virtud de lo que se ha manifestado, esta Comisión, previa propuesta de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, acuerda declarar finalizado el procedimiento que se sigue en el expediente: 4/2008-PU, vista la imposibilidad legal de continuarlo por causas sobrevenidas, de acuerdo con el Informe del Servicio Jurídico de Urbanismo de día 14 de octubre de 2015, y el Informe complementario de día 28 del mismo mes, con archivo del expediente mencionado en cuanto al documento de Normas Subsidiarias y al Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Felanitx y comunicación de este acuerdo al municipio afectado. Este archivo no se hace extensivo al Catálogo de Protección del Patrimonio Histórico de Felanitx, actualmente en tramitación, dado que se puede considerar un documento autónomo."
La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del Acta.
Contra este acuerdo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa
Palma, 20 de noviembre de 2015
El secretario delegado de la Comisión Insular
de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Jaume Oliver Morell