Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 16905
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 10 de noviembre de 2015 por la cual se modifica la Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 29 de octubre de 2015 sobre la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016
Hechos
1. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 1 de abril de 2015 (BOIB nº 54, de 16 de abril) establece el procedimiento para ampliar la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016.
2. De acuerdo con el apartado 3 del punto quinto de la Resolución de la consejera antes mencionada y la normativa que regula el régimen de control interno que tiene que ejercer la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictó la Resolución definitiva de 29 de octubre de 2015 sobre la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016.
3. El apartado 5 del punto cuarto de la Resolución de la consejera de 1 de abril de 2015 establece que, una vez iniciado el curso 2015-2016, se pueden revisar puntualmente aquellas situaciones en que la dotación adicional de personal de atención a la diversidad se tenga que ajustar a las necesidades educativas de los centros que así lo requieran.
4. El 16 de octubre de 2015, el Departamento de Inspección Educativa emitió un informe favorable a incrementar la dotación adicional del CC Can Bonet (código 07004679), del municipio de Sant Antoni de Portmany, en un AL-IP, visto el número de alumnos escolarizados en el centro que requieren este tipo de apoyo.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
3. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos.
4. El Decreto 67/2008, de 6 de junio, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears.
5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la cual se regula la dotación de los equipos docentes en los niveles educativos concertados.
6. La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 1 de abril de 2015 por la cual se establece el procedimiento para ampliar la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016 (BOIB nº. 54, de 16 de abril).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Modificar la Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 29 de octubre de 2015 sobre la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016 y establecer la dotación siguiente para el CC Can Bonet, con efectos a partir del 1 de septiembre de 2015:
Código |
Centro |
Municipio |
PT-IP |
PT - ESO |
AL-IP |
AL - ESO |
AD-IP |
AD - ESO |
ATE |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
07004679 |
CC Can Bonet |
Sant Antoni de Portmany |
0,00 |
0,00 |
1 |
0,00 |
0,75 |
0,50 |
1 |
2. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 10 de noviembre de 2015
El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla