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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 16905
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 10 de noviembre de 2015 por la cual se modifica la Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 29 de octubre de 2015 sobre la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016

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Texto

Hechos

1.  La Resolución de la consejera  de Educación, Cultura y Universidades de 1 de abril de 2015 (BOIB nº 54, de 16 de abril) establece el procedimiento para ampliar la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016.

2.  De acuerdo con el apartado 3 del punto quinto de la Resolución de la consejera  antes mencionada y la normativa que regula el régimen de control interno que tiene que ejercer la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el director general de Planificación, Ordenación y Centros dictó la Resolución definitiva de 29 de octubre de 2015 sobre la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016. 

3.  El apartado 5 del punto cuarto de la Resolución de la consejera de 1 de abril de 2015 establece que, una vez iniciado el curso 2015-2016, se pueden revisar puntualmente aquellas situaciones en que la dotación adicional de personal de atención a la diversidad se tenga que ajustar a las necesidades educativas de los centros que así lo requieran.

4.  El 16 de octubre de 2015, el Departamento de Inspección Educativa emitió un informe favorable a incrementar la dotación adicional del CC Can Bonet (código 07004679), del municipio de Sant Antoni de Portmany, en un AL-IP, visto el número de alumnos escolarizados en el centro que requieren este tipo de apoyo.

 Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

3.  El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos.

4.  El Decreto 67/2008, de 6 de junio, por el cual se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears.

5.  La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la cual se regula la dotación de los equipos docentes en los niveles educativos concertados.

6.  La Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 1 de abril de 2015 por la cual se establece el procedimiento para ampliar la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016 (BOIB nº. 54, de 16 de abril).

 Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.  Modificar la Resolución definitiva del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 29 de octubre de 2015 sobre la ampliación de la dotación de personal de atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2015-2016 y establecer la dotación siguiente para el CC Can Bonet, con efectos a partir del 1 de septiembre de 2015:

 

Código

Centro

Municipio

PT-IP

PT -

ESO

AL-IP

AL -

ESO

AD-IP

AD -

ESO

ATE

 07004679

CC Can Bonet

Sant Antoni de Portmany

0,00

0,00

1

0,00

0,75

0,50

1

2.  Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 10 de noviembre de 2015

 El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla