Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE PETRA
Núm. 16866
Aprobación definitiva de modificaciones de la ordenanza fiscal reguladora del IBI
No habiéndose presentado ningún tipo de alegación, durante el plazo de exposición al público, con respecto al edicto núm. 13.906 del BOIB núm. 135, de fecha 12-9-2015, página 38 704, referido a la aprobación provisional de unas modificaciones a la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI; es por lo que de acuerdo con el artículo 17.3 y 4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se da por aprobado definitivamente dicho acuerdo, publicándose íntegramente a continuación el texto de dichas modificaciones.
Artículo 7º. Donde pone "Para los bienes urbanos ..................... 0,50"
Debe decir: 0,60.
Artículo 8º. 5) penúltimo párrafo. Donde pone
"Para el año 2004, el período para solicitar esta bonificación finalizará el 15 de noviembre de 2003 y se aplicará mientras dure la calificación de familia numerosa, con el límite máximo de diez años."
Debe decir: La solicitud de esta bonificación se deberá hacer antes del día 15 de noviembre del año anterior.
Petra en 20 de octubre de 2015.
El Alcalde
Salvador Femenías Riera.