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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 16844
Delegación de competencias

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Texto

Por esta Alcaldía, en fecha veintisiete de octubre de 2015, se ha dictado la siguiente resolución:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

1. ANTECEDENTES

1.1. El pasado 24 de Mayo de 2015 se celebraron las elecciones locales. La nueva corporación municipal se constituyó mediante sesión pública el día 13 de Junio.

1.2. En virtud del principio de autoorganización, y a fin de hacer más eficaz la gestión de los asuntos municipales, se considera necesaria la delegación de atribuciones a la junta de gobierno local.

2. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Con arreglo a los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y otra legislación concordante, es facultad de esta Alcaldía delegar el ejercicio de las atribuciones propias a la Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de las delegaciones especiales que puedan efectuarse. Todo ello, salvo de las materias indelegables previstas en los artículos 21.3 antes mencionado y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. RESOLUCIÓN

Por todo ello, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, RESUELVO:

PRIMERO. Modificar las delegaciones de la Sra. Mónica Viejo Becerra, quedando de la siguiente forma:

  • TURISMO, VÍAS Y OBRAS, PROTECCIÓN CIVIL, MOVILIDAD.

El alcance de las funciones de esta delegación conlleva facultades de dirección y gestión. Restan excluidas de la misma las facultades de resolución.

SEGUNDO. Notificar esta Resolución a los interesados. La eficacia de la misma, en cuanto a las delegaciones específicas, resta condicionada a su aceptación por el órgano delegado. Si, en el plazo de tres días hábiles a contar desde la notificación del presente acuerdo, el órgano delegado no realiza ninguna manifestación expresa ante el órgano delegante, se entenderá aceptada la delegación.

TERCERO. Dar cuenta de esta Resolución ante el Pleno en la próxima sesión que se celebre.

CUARTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que ésta sea efectiva a partir del día siguiente a la fecha de la Resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre.

 

Capdepera, 16 de noviembre de 2015

El Alcalde
Rafel Fernández Mallol