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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 16834
Modificación plantilla personal laboral del Ajuntament de Inca

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Texto

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 126.3 del Real decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril por el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local,

Se hace público para el general conocimiento, que esta Corporación en sesión plenaria celebrada en fecha 24 de septiembre de 2015, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, por no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar la modificación de la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento y la modificación del anexo económico del personal del presupuesto municipal del ejercicio de 2015, con los siguientes términos:

“PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla de personal laboral de este ayuntamiento, en el siguiente sentido:

1.- Aprobar la reconversión de una plaza de personal laboral con la denominación “Oficial 2ª” adscrita a la sección “F. Limpieza Viaria” con una dedicación del 100%, ocupada hasta el día de su jubilación por el Sr. José Maria Díaz Pendón, en una plaza de personal laboral con la denominación “Conserje/Ordenanza” adscrita a la sección “C. Educación” con una dedicación del 100%.

2.- Aprobar la reconversión de una plaza de personal laboral con la denominación “Peón” adscrita a la sección “F. Limpieza Viaria” con una dedicación del 100%, ocupada por el Sr. Francisco Lucena Arenas, en una plaza de personal laboral con la denominación “Peón” adscrita a la sección “F. Limpieza Viaria” con una dedicación del 50%, la cual ocupará el Sr. Lucena, y una plaza de personal laboral con la denominación “Conserje/Ordenanza” adscrita a la sección “C. Educación” con una dedicación del 50%, que será ocupada mediante un contrato de relevo.

3.- Aprobar que cuando se produzca la jubilación definitiva del Sr. Lucena, las plazas de personal laboral con las denominaciones “Peón”, adscrita a la sección “F. Limpieza Viaria”, y “Conserje/Ordenanza”, adscrita a la sección “C. Educación”, ambas con una dedicación del 50%, se reconvertirán en una plaza de personal laboral con la denominación “Conserje/Ordenanza” adscrita a la sección “C. Educación” con una dedicación del 100%.

4.- Aprobar la reconversión de tres plazas de personal laboral con la denominación “Peón” adscritas a la sección “F. Limpieza Viaria” con una dedicación del 100%, ocupadas por los Srs. Francisco José Rios Ruiz, Pedro Bestard Capó, y Pedro Pons Mascaró, en tres plazas de personal laboral con la denominación “Peón” adscritas a la sección “D. Carreteras y Caminos” con una dedicación del 100%.

SEGUNDO. Aprobar la modificación del anexo económico de personal que tendrá la siguiente configuración:

1.- Supresión de una plaza de personal laboral de Limpieza Viaria con la categoría de oficial 2ª y una dedicación del 100%, con la siguiente configuración:

- Salario base anual: 10.858,56 euros.

- Antigüedad: un 3% acumulativo por cada tres años de antigüedad.

- 3 pagas extras anuales de sueldo base más antigüedad.

- Indemnización por residencia: 508,80 euros

 

2.- Creación de una plaza de personal laboral de Educación con la categoría de Conserje/Ordenanza y una dedicación del 100%, con la siguiente configuración:

- Salario base anual: 9.503,88 euros.

- Antigüedad: un 3% acumulativo por cada tres años de antigüedad.

- 3 pagas extras anuales de sueldo base más antigüedad: el importe depende de la antigüedad de cada trabajador/a.

- Indemnización por residencia: 600 euros

 

3.- Supresión de cuatro plazas de personal laboral de Limpieza Viaria con la categoría de Peón y una dedicación del 100% con la siguiente configuración:

- Salario base anual: 10.088,52 euros.

- Antigüedad: un 3% acumulativo por cada tres años de antigüedad.

- 3 pagas extras anuales de sueldo base más antigüedad: el importe depende de la antigüedad de cada trabajador/a.

- Indemnización por residencia: 508,80 euros

 

4.- Creación de una plaza de personal laboral de Limpieza Viaria con la categoría de Peón y una dedicación del 50%, con la siguiente configuración:

- Salario base anual: 5.044,26 euros.

- Antigüedad: un 3% acumulativo por cada tres años de antigüedad.

- 3 pagas extras anuales de sueldo base más antigüedad.

- Indemnización por residencia: 254,40 euros

 

5.- Creación de una plaza de personal laboral con la categoría de Ordenanza/Conserje y una dedicación del 50 %, con la siguiente configuración:

- Salario base anual: 4.751,94 euros.

- Antigüedad: un 3% acumulativo por cada tres años de antigüedad.

- 3 pagas extras anuales de sueldo base más antigüedad.

- Indemnización por residencia: 300 euros

 

6.- Creación de tres plazas de personal laboral de Carreteras y Caminos con la categoría de Peón y una dedicación del 100%, con la siguiente configuración:

- Salario base anual: 10.088,52 euros.

- Antigüedad: un 3% acumulativo por cada tres años de antigüedad.

- 3 pagas extras anuales de sueldo base más antigüedad.

- Indemnización por residencia: 508,80 euros”

Inca, 6 de noviembre de 2015

El Alcalde-Presidente
Virgilio Moreno Sarrió