Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16467
Medidas provisionales previas a la demanda 152/2015 sobre medidas provisionales
En el presente procedimiento seguido a instancia de MARIA CAROLINA FERNANDEZ SCHULDREICH frente a FABIO LA FRANCA se ha dictado auto aclaratorio de la resolución dicta en fecha 13 cd octubre de 2015 número 102/15, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“-PARTE DISPOSITIVA.-
Que debo aclarar y aclaro el Auto dictado en fecha 13 de octubre de 2.015 y en el sentido de decir que donde dice” “se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar, sito en la calle Marqués del palmer nº 20 de Colonia Sant Jordi a la madre e hija común”, debe decir “ se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar, vivienda de alquiler sita en la calle Marqués de Tenerife nº 69-3 de Son Ferriol, a la madre e hija común.
Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerdo y firma S.Sª. Doy fe.-“
Y encontrándose dicho demandado, FABIO LA FRANCA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo, siendo los profesionales designados del turno de oficio.
PALMA DE MALLORCA a veintiocho de Octubre de dos mil quince.
LA SECRETARIA JUDICIAL