Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 16196
Procedimiento ordinario 123/2015 sobre otras materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./Dña. SONIA CASADO FERRO, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de PALMA DE MALLORCA,

HAGO SABER: que en este Juzgado se ha dictado Sentencia en fecha 1 de septiembre de 2015 y Auto de aclaración de fecha 29 de septiembre de 2015, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 117/2015

En Palma, a 1 de septiembre de 2015

Dña. Mª del Pilar Anguita Mata, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma de Mallorca, ha dictado lasiguiente sentencia:

Habiendo visto los autos promovidos por D. EUGEN WOLF MICHAEL NAEGELE, representado por el Procurador D. Antonio Colom Ferrá y defendido por el Letrado D. Jaime Ques Cubillas contra los HEREDEROS DESCONOCIDOS O HERENCIA YACENTE DE DOÑA MARíA PUJOL Y MAYOL,DOÑA ANA ALEMANY Y PUJOL Y DON GABRIEL PALMER Y MORAGUES, en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio.

FALLO

ESTIMAR la demanda formulada por D. EUGEN WOLF MICHAEL NAEGELE contra los HEREDEROS DESCONOCIDOS O

HERENCIA YACENTE DE DOÑA MARíA PUJOL Y MAYOL, DOÑA ANA ALEMANY Y PUJOL Y DON GABRIEL PALMER Y MORAGUES, declarando que el Sr. Naegele es titular del pleno dominio de la finca registral 3.599 de Andratx,inscrita en el Registro de la Propiedad nº 10 de Palma de Mallorca a los folios 11 y siguientes, libro 108 de Andratx, cuya descripción es:

“Pieza de tierra, campo secano labrantía, sita en el término municipal de Andratx, lugar S´Arracó, con una casa y cocina, de planta baja y alta en ella existente, emplazada la casa en el barrio primero y señalada con el número treinta y ocho. Tiene la extensión de diecisiete áreas setenta y cinco centiáreas (un cuartón) aproximadamente; es conocida por el nombre de Ca´n Devora y linda: por norte, con tierra y casa de Catalina Rosselló Pujol, antes de Pedro Alemany Porcel, Devora; por oeste, con tierra de Francisco Pujol, antes de Pedro Juan Juan, alias Prim; y por sur y este, con tierra y casa de August Heinbracher, antes tierra y casa de herederos de Bartolomé Pujol de S´Escaleta”.

Condenando a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones.

Firme que sea la presente resolución, procédase a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán interponer RECURSO DE APELACION en ambos efectos dentro de los VEINTE DIAS siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el artº 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de Enero y su Disposición Transitoria Segunda. Este recurso no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.

Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

AUTO DE ACLARACIÓN

En Palma de Mallorca, a 29 de septiembre de 2015

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO: En el presente procedimiento se dictó Sentencia de 1 de septiembre de 2015 por la que se estimaban íntegramente las pretensiones de la parte actora.

Mediante escrito de 4 de septiembre del mismo año el Procurador Sr. Colom Ferrá, actuando en nombre de la demandante, solicitó la aclaración y el complemento de dicha resolución.

No habiendo otras partes personadas, quedaron los autos vistos para resolver.

PARTE DISPOSITIVA

Se decide ACLARAR la Sentencia de 1 de septiembre de 2015 en el siguiente sentido:

-En el apartado FALLO, al terminar su primer párrafo con la expresión “… antes tierra y casa de herederos de Bartolomé Pujol de S´Escaleta”, introducir lo siguiente: “…, cuya actual descripción es la siguiente: “Pieza de tierra, campo secano labrantía, sita en el término municipal de Andratx, lugar S´Arracó, con una casa y cocina, de planta baja y alta en ella existente, teniendo en la actualidad su acceso por el camino Sa Tanassa nº 6. Tiene la extensión de diecisiete áreas setenta y cinco centiáreas (un cuartón) aproximadamente; es conocida por el nombre de Ca´n Devora. Linda: por Norte con parcela 502, polígono 14, de Don John Christer Almgard y parcela 578 del mismo polígono, de Doña Cintia Candelero (antes tierra y casa de Catalina Rosselló Pujol, antes dePedro Alemany Porcel, Devora); por Este, con finca de Doña cintia candelero (antes de August Heinbracher, antes tierra de PedroAlemany

Porcel, Devora); por Oeste, con finca de Guillermo Vich Castell (antes tierra de herederos de Bartolomé Pujol de S´Escaleta); y por Sur, Cami de Sa Tanassa por donde tiene su acceso por el número 6 de dicha calle y con finca de Don Guillermo Vich Castell (antes tierra de Pedro-Juan Juan Prim). Está integrada por las fincas catastrales 8115801DD4881N0001FI y 07005A014004990000RQ”

Manteniendo el resto en su integridad.

Contra este Auto NO CABE RECURSO.

Así lo acuerda, manda y firma Dña. Mª del Pilar Anguita Mata, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma de Mallorca. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HEREDEROS DESCONOCIDOS O HERENCIA YACENTE DE DOÑA MARíA PUJOL Y MAYOL, DOÑA ANA ALEMANY Y PUJOL Y DON GABRIEL PALMER Y MORAGUES, expido el presente en PALMA DE MALLORCA a uno de Septiembre de dos mil quince

En PALMA DE MALLORCA a veintinueve de Octubre de dos mil quince

EL / LA SECRETARIO/A JUDICIAL.