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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 16809
Resolución de caducidad de expediente Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 32/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiendo sido posible la notificación personal al interesado en el domicilio indicado en el expediente como dirección y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal se procede a la publicación del presente anuncio de resolución emitida por el Presidente en funciones del Consell Insular de Formentera el día 24 de julio de 2015

Alejandra Ferrer Kirschbaum, Vicepresidenta Tercera del Consejo Insular de Formentera, Islas Baleares.

Vista la propuesta del Instructor, D. David Francés Alonso, de fecha 24 de julio de 2015, y que se transcribe a continuación:

PROPUESTA DEL INSTRUCTOR DE FINALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE 32/2014 DE RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA

ANTECEDENTES DE HECHO

En fecha 22 de abril de 2014, se inicia, mediante resolución de Presidencia y en base a denuncia de la Policía, expediente de Restablecimiento de Legalidad Urbanística 32/2014, contra el Sr. RAFAEL SOLDEVILA CASALS, como promotor y contra la comercial AGUSTÍN MOYA ORTIZ SL, como constructor de una piscina sin licencia en la Vénda de Porto Saler.

Visto que a fecha de hoy se ha agotado el tiempo previsto para su realización, pero que no se ha restablecido la legalidades que la infracción no ha prescrito en ningún caso

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Acordar la finalización del expediente de Restablecimiento de Legalidad Urbanítica 32/2014, y abrir uno nuevo, pues no se ha restablecido la legalidad y la infracción no ha prescrito.

(...)

En virtud de las atribuciones legalmente conferidas,

HE RESUELTO

Primero.- ACORDAR la finalización del expediente de Restablecimiento de Legalidad Urbanítica 32/2014,

Segundo.- NOTIFICAR la presente a los interesados.

Lo que se comunica al interesado haciéndole saber que este acto pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha adoptado, o directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al que tenga lugar la presente notificación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en relación con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción.

No se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

 

Podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.

Formentera, a 13 de noviembre de 2014

El Presidente
Jaume Ferrer Ribas