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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 16509
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre los gestores de residuos peligrosos promovido por Fundació Deixalles en la calle dels Fusters, 12-13, Capdepera. (114a/15)

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Texto

 En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el artículo 47.3 de la ley 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de octubre de 2015,

“CONSIDERANDO

1. Que el proyecto tiene por objeto la recogida y almacenamiento de bienes para su recuperación y reutilización, y de residuos peligrosos; y si esta no fuera posible, se separará por tipo de residuo, en depósito adecuado hasta su recogida por un gestor autorizado.

2. Que la nave donde se quiere llevar a cabo la actividad ya existe, que las superficies de almacenamiento y actividad están totalmente pavimentadas con solera de hormigón, y que se cuenta con contenedores específicos para cada tipo de residuo, cubetas de retención de derramamientos accidentales y separador de hidrocarburos antes de ser conducidas hacia el sistema de recogida municipal.

3. Que está previsto la entrega, a los gestores autorizados correspondientes, de los residuos peligrosos que se vayan almacenando por el propio desarrollo de la actividad, para su correcta gestión de acuerdo con la normativa vigente y que se dispondrá de zonas específicas para el almacenamiento de estos residuos.

4. Que la parcela donde se quiere llevar a cabo la actividad queda incluida dentro de suelo urbano, dentro del polígono industrial de Capdepera, fuera de los perímetros de restricciones de los pozos de captación de agua de abasto urbano, no afectado por ningún APR, APT, ni ningún espacio de relevancia ambiental.

5. Que, en relación a los criterios de sujeción a AIA establecidos en el anexo III de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental (reducidas dimensiones, compatible con los otros proyectos existentes o previstos en la zona, no supone un uso significativo de recursos naturales, la gestión de los residuos peligrosos estará encomendada a los gestores correspondientes, se proponen medidas suficientes para evitar la contaminación, los accidentes y otros inconvenientes, el proyecto se ubica en un polígono industrial, de baja calidad ambiental, la capacidad de carga del medio natural parece suficiente, no se trata de una zona de alta densidad demográfica, no se afectan ni el patrimonio cultural ni el paisaje, la extensión geográfica es localizada, la población afectada limitada, sin carácter transfronterizo, escasa magnitud y complejidad, reversibilidad posible como para restituir la situación actual), no parece que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente que justifiquen la necesidad de sujeción a AIA ordinaria.

ACUERDA

La no sujeción del proyecto de instalación para la gestión y tratamiento de residuos peligrosos en el polígono industrial del TM de Capdepera, promovido por la Fundació Deixalles, a evaluación de impacto ambiental ordinaria, de acuerdo con las determinaciones del proyecto y del documento ambiental, porque no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente de acuerdo con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.”

 

Palma, 3 de noviembre de 2015

El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias