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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 18 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 16370
Juicio verbal (desahucio precario) 800/2014

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Texto

D./Dª. PAZ GIMENEZ LEON, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO :

En el presente procedimiento de Juicio Verbal Precario 800/2014 seguido a instancia de BANCO POPULAR ESPAÑOL SA frente a OCUPANTES NO IDENTIFICADOS VIVIENDA CAMI DELS MOLINERS 51 DE PALMA se ha dictado sentencia con fecha 13/07/2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimo la pretensión de desahucio por precario planteada por el Procurador de los Tribunales don Francisco Tortella Tugore en nombre y representación de la sociedad anónima de nacionalidad española “BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.” contra los IGNORADOS OCUPANTES del inmueble sito en Camí des Moliners 51 (finca registral nº 3695) de esta Ciudad, y por eso, igualmente procede DECLARAR haber lugar al desahucio. Y, en consecuencia, debo condenar y CONDENO a la parte/s interpelada/s al desalojo del indicado inmueble debiéndole dejar libre, vacua y expedita, con el apercibimiento legal para el caso de que no la abandonaran voluntariamente en los plazos legales. Se imponen las costas procesales a la parte/s demandada/s.”

Y encontrándose dicho demandado,  OCUPANTES NO IDENTIFICADOS VIVIENDA CAMI DELS MOLINERS 51 DE PALMA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a veintiocho de Octubre de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,