Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MANACOR
Núm. 16057
Juicio de Faltas nº 326/2015
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a Simone Kramer y Tomeu Breitsprecher, el FALLO de la sentencia dictada en el presente procedimiento : Que debo absolver y ABSUELVO a D. Simone Kramer, de la falta de daños por la que venía siendo acusada, declarando de oficio las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que pueden interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Palma, pudiendo interponerse en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este mismo Juzgado. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
En MANACOR a 14 de Octubre de 2015.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL