Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 16317
Ejecuciónn de Titulos Judiciales 134/2015
Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 134/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. RAUL NUÑEZ RODRIGUEZ contra la empresa SCOUT TEAM, SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO 16/10/15
Dispongo: Despachar orden general de ejecución SENTENCIA a favor de la parte ejecutante, RAUL NUÑEZ RODRIGUEZ, frente a SCOUT TEAM, SL, parte ejecutada, por importe de 5051,60 euros en concepto de principal, (incluidos 300€ en concepto de COSTAS impuestas en Sentencia como consecuencia de lo previsto en el art. 66.3 LRJS por incomparecencia de la demandada al acto de conciliación, más otros 1010 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
DECRETO 16/10/15
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
- Expídase exhorto al Juzgado Decano de Barcelona a fin de notificar y proceder al embargo de bienes de la ejecutada hasta cubrir las cantidades adeudadas.
- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.
- El embargo de los saldos acreedores para asegurar la responsabilidad de SCOUT TEAM, SL librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.
- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
- Cautelarmente notifíquese a la ejecutada a través del BOIB.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SCOUT TEAM, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En IBIZA/EIVISSA, a diecinueve de Octubre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL