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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 16250
Rectificación del pliego de prescripciones técnicas que ha de regir el contrato privado del servicio de póliza de seguro de responsabilitat civil general (patrimonial i patronal) del Ayuntamiento de Manacor y de sus organismos autónomos (Exp. 38/2015)

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Texto

Antecedentes

- Resolución de Alcaldía de 23 de octubre de 2015 de aprobar el pliego de prescripciones técnicas que regirá el contrato privado de servicios de seguro de responsabilidad civil general (patrimonial y patronal) del Ayuntamiento de Manacor y sus organismos autónomos.

- Informe jurídico de la tag de secretaría de fecha 5 de noviembre de 2015 que informa que ha detectado un error material de trascripción en la cláusula 4 del pliego de prescripciones técnicas llamada "exclusiones" cuando a que se ha trascrito por error al final de la cláusula del enunciado "9.4 responsabilidad civil de daños patrimoniales puros" cuando estos están comprendidos dentro de la responsabilidad civil en la cláusula 3.2 del pliego de prescripciones técnicas que es la válida.

RESUELVO

1)

Rectificar el pliego de prescripciones técnicas que ha de regir el contrato privado de servicios de seguro de responsabilidad civil general (patrimonial y patronal) del Ayuntamiento de Manacor y de sus organismos autónomos aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 23 de octubre de 2015 en el sentido de suprimir el siguiente párrafo de la cláusula 5 llamada "exclusiones" "9.4 Responsabilidad civil de daños patrimoniales puros. Perjuicios patrimoniales primarios debidamente acreditados, causados ​​involuntariamente a terceros, que no sean el resultado de un daño personal y material previo, o bien sean sufridos por otro tercero que no haya soportado directamente estos daños corporales o materiales, pero siempre que se deban a un hecho generador de carácter accidental, extraordinario y aleatorio y que no sean consecuencia del funcionamiento normal de los servicios públicos, de las consecuencias del cual haya legalmente responder el asegurado conforme a derecho "en consideración a que consta trascrito al PPT por un error material de trascripción dado que la responsabilidad civil de daños patrimoniales puros está comprendida en la cláusula 3 llamada garantías de este pliego.

2)

a) Disponer la exposición al público del PPT por un plazo de 10 días naturales en el BOIB para que puedan presentarse reclamaciones, en carácter simultáneo a la publicación del anuncio de licitación en el BOIB, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el pliego se suspenderá la licitación y el plazo de presentación de proposiciones, en los casos en que sea necesario para resolver la cuestión planteada, y se retomará el resto del plazo de presentación de proposiciones a partir del día siguiente de la resolución de las reclamaciones

b) Volver a abrir el período de licitación mediante publicación en el BOIB por un plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio. Así como publicar esta resolución en el perfil del contratante del órgano de contratación, contando pero el plazo de presentación de ofertas a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOIB.

  

Manacor, 5 de noviembre de 2015

 

El alcalde

Pedro Rosselló Cerdá