Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 16231
Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, adoptado en la sesión del día 8 de octubre de 2015, de declaración de Sant Antoni de Sa Pobla, Fiesta de Interés Cultural

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 8 de octubre de 2015 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"El 13 de enero de 2013 del Ayuntamiento de Sa Pobla remitió a la Vicepresidencia de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca una solicitud para declarar Sant Antoni de Sa Pobla fiesta de interés cultural de acuerdo con la Ley 1 / 2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional.

El Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca en la sesión de día 27/11/2014 trató el expediente mencionado y le informó favorablemente. El 16 de diciembre de 2014 la CIPH acordó incoar el expediente de declaración de FIC Sant Antoni de Sa Pobla y se publicó en el BOIB núm. 32 de día 5 de marzo de 2015.

El Ayuntamiento de Sa Pobla presentó informe preceptivo favorable el 24/02/2015 en el registro general del CIM.

El 26/03/2015 el Gobierno de las Islas Baleares remitió al CIM los certificados de los informes del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de las Islas Baleares.

El 11 de abril de 2015 se publicó en el BOIB núm. 52 la apertura del período de información pública de un mes.

No se han presentado alegaciones.

Dado que la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca en la sesión de día 16/06/2015 acordó entre otros, elevar al Pleno la propuesta de aprobar la declaración de fiesta de interés cultural Sant Antoni de sa Pobla con la descripción de sus elementos y características que figuran descritas en el informe técnico de día 1 de diciembre de 2014 que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, el Reglamento 3/2012, sobre el procedimiento a seguir para la declaración de fiestas de interés cultural en la isla de Mallorca, la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, todo de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004 (BOIB núm. 38 de 16-03-04) parcialmente modificado por acuerdo del Pleno de 13 de octubre de 2011 (BOIB núm. 158 de 20-10-11), el Presidente de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de

ACUERDO

I.- Declarar fiesta de interés cultural Sant Antoni de sa Pobla con la descripción de sus elementos y características que figuran descritas en el informe técnico de día 1 de diciembre de 2014, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

II.- Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establece la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante.

III.- Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Sa Pobla y al Gobierno de las Islas Baleares.

IV.- Publicar este acuerdo de declaración en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la web del Consejo Insular de Mallorca y anotarlo en el Registro Insular de Bienes Fiestas de Interés Cultural de Mallorca. "

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

b) El Recurso de Reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

      

Palma, 23 de octubre de 2015

        

El secretario general

Jeroni M. Mas Rigo

        

ANEXO I

(Se publica como anexo un extracto del informe técnico de fecha 1 de diciembre de 2014. El informe íntegro a que hace referencia el apartado I del acuerdo de de declaración, consta en el expediente administrativo núm. 22/2013. Este expediente se podrá consultar en las dependencias del Servicio de Patrimonio Histórico (Plaza Hospital, 4, Palma 07012) para aquellos interesados ​​en el procedimiento y que acrediten esta condición, de acuerdo con lo dispuesto en el art . 31 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Informe técnico

Día 13 de enero de 2013 del Ayuntamiento de Sa Pobla remitió a la Vicepresidencia de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca una solicitud para declarar Sant Antoni de Sa Pobla Fiesta de Interés Cultural conforme a la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional.

El Pleno del Consejo de Mallorca de día 13 de diciembre de 2012 aprobó el Reglamento 3/2012, sobre el procedimiento que deberá seguirse para la declaración de fiestas de interés cultural en la isla de Mallorca. El art. 4.2 de este Reglamento señala que, con carácter previo a la incoación, deberá contarse con el informe descriptivo y técnico del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca.

Día 1 de diciembre de 2014, el secretario del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca remitió al Servicio de Patrimonio el informe de dicho Consejo Asesor favorable a la declaración de Sant Antoni de Sa Pobla como fiesta de interés cultural, el cual se transcribe literalmente a continuación y forma parte de este informe:

«Informe del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca relativo a la declaración de Sant Antoni de Sa Pobla como Fiesta de Interés Cultural

Objeto

En las Islas Baleares, el concepto de declarar una fiesta de interés cultural tiene su origen en la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, pero no se materializó hasta que el Pleno del Consejo de Mallorca acordó, día 13 de diciembre de 2012, el Reglamento 3/2012, sobre el procedimiento que deberá seguirse para la declaración de fiestas de interés cultural en la isla de Mallorca.

En este marco la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca encargó al Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca que elaborara un informe sobre la declaración de fiesta de interés cultural de Sant Antoni de Sa Pobla, de acuerdo con la solicitud que había presentado el Ayuntamiento día 13 de enero 2013.

Memoria histórica

En el calendario festivo del invierno en Mallorca, las fiestas con más significado social y cultural son las que se relacionan con el fuego. De entre todas ellas destaca especialmente la de San Antonio Abad, que se celebra en casi todos los pueblos de la isla. La fiesta no se vive en todas partes de la misma manera y cada pueblo o ciudad donde se celebra tiene sus particularidades y características propias, por eso se encuentran diferentes expresiones festivas de San Antonio, que guardan, sin embargo, unos elementos comunes, como el fuego, los demonios y las bendiciones.

La devoción a San Antonio llegó a Mallorca con la conquista y el establecimiento de los frailes hospitalarios de San Antonio. Su patronato sobre los animales y muchos oficios relacionados con el mundo rural hizo que su devoción se extendiera, desde los primeros siglos, por prácticamente todas las parroquias de la isla.

Los actos festivos se llevan a cabo durante la vigilia, en la noche del 16 de enero, y el día de la fiesta, 17 de enero. En la vigilia se encienden hogueras en torno de las cuales se come, se baila y se cantan canciones y glosas dedicadas al santo u otros temas y donde tienen una presencia muy destacada los demonios, otro de los elementos más emblemáticos de esta fiesta. Por su parte, el día de la fiesta viene marcado por el oficio solemne en honor al santo y las bendiciones de animales domésticos, que desfilan en procesión.

La devoción a San Antonio en Sa Pobla se puede documentar desde el siglo xiv, ya que se han encontrado referencias documentales concretas sobre la celebración de la fiesta desde 1365. La gran devoción y el interés, tanto del pueblo como de los jurados, para celebrar esta fiesta hacen que desde 1561 y hasta la primera mitad del siglo xviii se hayan documentado pleitos y conflictos con los frailes antonianos porque en Sa Pobla se pudiera seguir manteniendo la imagen de San Antonio en la iglesia parroquial y las celebraciones en torno a su festividad. Estos hechos históricos son recordados en las celebraciones actuales con el grito de «¡Viva San Antonio!» que cierran los diferentes actos del novenario del santo y del Clamater, tras las Completas de día 16 de enero.

Asimismo, la celebración de Sant Antoni de Sa Pobla mereció, en 1966, la declaración de Fiesta de Interés Turístico de la Subsecretaría de Turismo del Estado.

Descripción

En la actualidad, aunque los actos centrales de la fiesta se celebren durante la vigilia del día 16 y el día del patrón, tanto los actos y las celebraciones civiles y religiosas (organizadas por el Ayuntamiento y la Obrería de San Antonio) como la preparación de las celebraciones familiares comienzan en los días anteriores.

El día de la vigilia, siguiendo la tradición, se preparan las hogueras y, como recuerdo de la antigua tradición de ir a buscar leña al predio de Son Llebre, por la mañana se sale del Ayuntamiento hacia este predio para buscar la leña de las hogueras de la parroquia y del Ayuntamiento.

A primera hora de la tarde, hay un pasacalle de los demonios y de San Antonio, protagonistas fundamentales de la fiesta, acompañados de cantadores. Los demonios bailan y se burlan alrededor del santo.

Por la tarde comienzan los actos con más carga ceremonial y protocolaria. En el Ayuntamiento se realiza la recepción de las autoridades y los invitados, que se dirigirán, en comitiva, hacia la iglesia para celebrar la misa solemne de las Completas, acompañados por los Vells Caparrots de Sant Antoni, los Caparrots Minyons de Sant Antoni, los Gegants de la Vila y el Grif con los Dimonis d’Albopàs. Al final de la misa se cantan los gozos y, al salir de la iglesia, se hacen los ya tradicionales bailes de los cabezudos en la plaza Mayor, bailes de demonios, correfoc, espectáculo de fuego y música y el encuentro de cantadores y tocadores de zambomba.

Paralelamente a estos actos públicos y protocolarios, la celebración gira alrededor de las celebraciones familiares en las hogueras y las cenas tradicionales, de tostados y espinagades, que se acompañan con los bailes, las glosas y el sonido de la zambomba, que hacen que la fiesta se alargue durante toda la noche.

Día 17 se hacen pasacalles y la misa solemne y, al terminar, vuelven a bailar los cabezudos y los Caparrots Minyons en la plaza Mayor. Por la tarde se hacen las tradicionales bendiciones y el desfile de carrozas y comparsas, y la fiesta termina con diferentes actos protocolarios.

Esta estructura de la fiesta tiene como actores principales a los vecinos de Sa Pobla, pero como se ha señalado tiene unos personajes, unos protagonistas que, con su presencia, marcan el tiempo de la celebración:

· La cuadrilla de demonios, documentada desde finales del xviii. Aparecen durante la vigilia y realizan un pasacalle, acompañan a las autoridades a la iglesia, y bailan y danzan ante el santo. En 1958 se crearon los demonios actuales.

· Cabezudos y gigantes. Se incorporaron a la fiesta en 1952 promovidos por el Secretario del Ayuntamiento. Inicialmente, eran siete figuras, que ya al año siguiente se ampliaron a las once actuales. Acompañan a las autoridades en la entrada y en la salida de las Completas y bailan en la plaza, tanto el día de la vigilia como el día del patrón, dos danzas, al son de la canción «Jo i un pastor». Cuando se incorporan a la fiesta, dan comienzo a la vigilia propiamente dicha, y se encienden las hogueras una vez terminado su baile.

En 1983 se incorporó la cuadrilla de Caparrots Minyons, que bailan simultáneamente con los grandes. Los dos gigantes, presentes desde la década de los ochenta del siglo pasado, salen acompañando a los cabezudos y los Caparrots Minyons.

Estos personajes, incorporados para reavivar la fiesta (por eso representan modelos de moda de la época), forman hoy parte de la iconografía de la fiesta poblense. La elección de éstos y de los demonios del Ayuntamiento tiene lugar el día de San Antonio, siguiendo las bases de un estricto sorteo.

· El Grif. Se incorporó a la fiesta en 1998. Esta figura quimérica, presente en el escudo y la bandera de Sa Pobla, tiene una altura de 2,80 m y una anchura de 1,40 m. Lanza fuego por la boca y las puntas de las alas. Aparece acompañando a los Dimonis d’Albopàs.

· Dimonis d’Albopàs. Este grupo de demonios se incorporó a la fiesta en 1998, vestidos de rojo y con máscaras personalizadas. Aparecen en el correfoc de la vigilia.

· El Clamater. Introducido en las fiestas en 2003, recuerda las reivindicaciones de los vecinos de Sa Pobla contra la orden antoniana. Termina su lectura con el grito de «¡Viva San Antonio!», que, tal y como refleja la documentación histórica, se gritaba al finalizar las Completas desde 1643. La elección del Clamater, la realizan anualmente la Obrería de San Antonio, el rector y el alcalde.

Justificación

De acuerdo con todo lo expuesto, la fiesta de Sant Antoni de Sa Pobla reúne las características a que se refiere la UNESCO en su Declaración de 17 de octubre de 2003, «Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial», en cuyo artículo 2 define el patrimonio cultural inmaterial como el «que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentido de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y creatividad humana».

La fiesta de Sant Antoni en Sa Pobla se configura mediante una gran cantidad de elementos que, según Francesc Vicens en Diguem Visca Sant Antoni, se equilibran los aspectos públicos de la fiesta, lleno de ceremoniales y espectáculos (correfocs, espectáculos pirotécnicos, conciertos, etc.) con un alto nivel protocolario, con la dimensión privada de las celebraciones en las casas.

La configuración de la fiesta se ha ido modificando y evolucionando a lo largo de los siglos, con la incorporación de elementos que se han convertido en partes fundamentales de la fiesta. En este sentido, la fiesta tradicional, con un marcado sentido religioso, se ha llenado de elementos y de actividades de carácter laico y se ha adaptado a la evolución social, económica y cultural, lo que ha hecho que se mantenga viva en el imaginario colectivo, y también sentida como parte de la identidad de la comunidad poblense.

Por otra parte, la fiesta de Sant Antoni en Sa Pobla se ha mantenido viva y se ha transmitido de generación en generación; constituye un poderoso elemento de cohesión social y de identificación entre los actores, los habitantes de Sa Pobla, y los rituales. Durante la celebración, la gente participa en la fiesta con el sentimiento de pertenecer a la comunidad, con un sentido identitario, cuyo resultado es que se reconozca y se potencie la celebración de todos los elementos rituales y las actividades que configuran la fiesta.

Con el fin de salvaguardar la fiesta, y tal como establece la declaración de la UNESCO, deberá potenciarse su estudio, su documentación y su registro. Deberán potenciarse las condiciones para que la fiesta se mantenga viva, de acuerdo con lo que establezca la colectividad que la protagoniza y le da sentido. La tarea de protección y de salvaguardia se dirigirá fundamentalmente hacia la divulgación y la revalorización de todos los elementos, las funciones y los significantes que forman parte de ella, y de sus valores patrimoniales, para que la comunidad se identifique con la fiesta y sus valores, y, por tanto, garantice su continuidad.

Conclusión

1. Por todo ello, este Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca informa favorablemente sobre la declaración de Fiesta de Interés Cultural la fiesta de Sant Antoni de Sa Pobla.

2. Igualmente, este Consejo Asesor invita a las instituciones correspondientes a iniciar las gestiones adecuadas para que la fiesta de Sant Antoni en otros lugares pueda acceder a esta declaración.»

Dado que en Sant Antoni de Sa Pobla concurren los valores que la UNESCO señala para merecer la condición de patrimonio cultural inmaterial, y dado que la comunidad los considera parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, proponemos la incoación del expediente de declaración de Sant Antoni de Sa Pobla como Fiesta de Interés Cultural.