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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 16230
Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, adoptado en la sesión del día 8 de octubre de 2015 de declaración del Firó de Sóller Fiesta de Interés Cultural

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Texto

El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 8 de octubre de 2015 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"El 5 de mayo de 2010 el Ayuntamiento de Sóller remitió a la Vicepresidencia de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca una solicitud para declarar el Firó de Sóller fiesta de interés cultural de acuerdo con la Ley 1/2002 , de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional. El 10 de febrero de 2011 y el 13 de febrero de 2013 presentó reiteraciones de la misma petición.

El Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca en la sesión de día 27/11/2014 trató el expediente mencionado y le informó favorablemente. El 1 de diciembre de 2014, desde el Servicio de Patrimonio Histórico se propuso la incoación por elevarla a la ponencia y luego a la CIPH.

El 16 de diciembre de 2014 la CIPH acordó incoar el expediente de declaración de FIC del Firó de Sóller y se publicó en el BOIB núm. 32 de día 5 de marzo de 2015.

El 26/03/2015 el Gobierno de las Islas Baleares remitió al CIM los certificados de los informes del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de las Islas Baleares.

El 11 de abril de 2015 se publicó en el BOIB núm. 52 la apertura del período de información pública de un mes.

El Ayuntamiento de Sóller presentó informe preceptivo favorable el 24/04/2015 en el registro general del CIM.

No se han presentado alegaciones.

Dado que la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca en la sesión de día 16/06/2015 acordó entre otros, elevar al Pleno la propuesta de aprobar la declaración de fiesta de interés cultural el Firó de Sóller con la descripción de sus elementos y características que figuran descritas en el informe técnico de día 1 de diciembre de 2014 que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, el Reglamento 3/2012, sobre el procedimiento a seguir para la declaración de fiestas de interés cultural en la isla de Mallorca, la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, todo de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004 (BOIB núm. 38 de 16-03-04) parcialmente modificado por acuerdo del Pleno de 13 de octubre de 2011 (BOIB núm. 158 de 20-10-11), el Presidente de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de

ACUERDO:

I.- Declarar fiesta de interés cultural el Firó de Sóller con la descripción de sus elementos y características que figuran descritas en el informe técnico de día 1 de diciembre de 2014, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

II.- Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establece la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante.

III.- Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Sóller y al Gobierno de las Islas Baleares.

IV.- Publicar este acuerdo de declaración en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la web del Consejo Insular de Mallorca y anotarlo en el Registro Insular de Bienes Fiestas de Interés Cultural de Mallorca. "

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

b) El Recurso de Reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  

Palma, 23 de octubre de 2015

  

El secretario general

Jeroni M. Mas Rigo

 

ANEXO I

(Se publica como anexo un extracto del informe técnico de fecha 1 de diciembre de 2014. El informe íntegro a que hace referencia el apartado I del acuerdo de declaración, consta en el expediente administrativo núm. 63 / 2013. Este expediente se podrá consultar en las dependencias del Servicio de Patrimonio Histórico (Plaza Hospital, 4, Palma 07012) para aquellos interesados ​​en el procedimiento y que acrediten esta condición, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 31 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Informe técnico

Día 5 de mayo de 2010 el Ayuntamiento de Sóller remitió a la Vicepresidencia de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca una solicitud para declarar el Firó de Sóller Fiesta de Interés Cultural conforme a la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional.

El Pleno del Consejo de Mallorca de día 13 de diciembre de 2012 aprobó el Reglamento 3/2012, sobre el procedimiento que deberá seguirse para la declaración de fiestas de interés cultural en la isla de Mallorca. El art. 4.2 de este Reglamento señala que, con carácter previo a la incoación, deberá contarse con el informe descriptivo y técnico del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca.

Día 1 de diciembre de 2014, el secretario del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca remitió al Servicio de Patrimonio el informe de dicho Consejo Asesor favorable a la declaración del Firó de Sóller como fiesta de interés cultural, el cual se transcribe literalmente a continuación y forma parte de este informe:

«Informe del Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca relativo a la declaración del Firó de Sóller fiesta de interés cultural

Objeto

En las Islas Baleares, el concepto de declarar una fiesta de interés cultural tiene el origen en la Ley 1/2002, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, pero en esta isla no se materializó hasta que el Pleno del Consejo de Mallorca acordó, día 13 de diciembre de 2012, el Reglamento 3/2012, sobre el procedimiento que deberá seguirse para la declaración de fiestas de interés cultural en la isla de Mallorca.

En este marco la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consell de Mallorca encargó al Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca que elaborara un informe sobre la declaración de fiesta de interés cultural del Firó de Sóller, de acuerdo con la solicitud que había presentado el Ayuntamiento de Sóller día 5 de mayo de 2010.

Memoria histórica

Los ataques corsarios a las poblaciones costeras de Mallorca eran frecuentes en el siglo xvi y Sóller, que entonces era una ciudad rica, no se salvó de ellos. En 1561 desembarcaron en las costas de Sóller 23 naves musulmanas y unos 1.700 corsarios, que mandaba Uludj'Alí —este corsario es descrito por Miguel de Cervantes en el capítulo XL del Quijote. De esta incursión corsaria destacan, por un lado, el hecho de que los sollerenses, bajo el mando de Juan Angelats, rechazaron la incursión y, por otro, las hoy llamadas Valentes Dones de Can Tamany —las hermanas Catalina y Francisca Casasnovas—, que mataron a un moro con la barra de cerrar la puerta y luego cerraron la puerta con la misma barra.

La victoria ya se celebró, de alguna manera, al año siguiente, pero la fiesta no fue considerada de guardar hasta mediados del siglo xvii. En el año 1615, el Consejo de la ciudad se reunió para convenir la necesidad de rememorar más solemnemente los acontecimientos del 11 de mayo para mantenerlos en la memoria colectiva, pero no fue hasta mediados del siglo xix, en que se empezó a celebrar la feria, cuando tiene lugar el simulacro del desembarco.

Antiguamente, la jornada se conmemoraba con una procesión que iba de la iglesia al Hospital durante la vigilia del 11 de mayo, sin embargo, desde 1855, se celebra el día posterior a la feria del segundo domingo de mayo, que nació precisamente para que esta conmemoración luciera con más solemnidad, ya que la procesión —con la imagen de la Virgen, de la Barra de Can Tamany, de niños vestidos de turcos, de dos niñas que representan a las Valentes Dones y de un joven que representa al capitán Angelats, además de las autoridades correspondientes—, con el carácter romántico que adopta, quiere ensalzar los valores y los sentimientos del pueblo de Sóller.

El simulacro de desembarco, que precisamente tiene lugar por primera vez en 1855, ha sido suprimido varias veces a lo largo de la historia —por la crisis de los naranjos, por las epidemias de cólera del s. xix, por la guerra de Cuba o por la Guerra Civil, entre otros—, pero constituye el punto álgido de la fiesta y el motivo por el cual el Firó de Sóller recibía y recibe numeroso público foráneo para que disfrute de la fiesta.

Durante la posguerra, esta celebración, como muchas otras, entró en una fase de decadencia y no fue hasta la década de los años setenta del siglo xx cuando se empezó a recuperar, con la participación de chicas vestidas de payesas. Asimismo, no fue hasta la década de los años noventa que el Firó recibió un fuerte impulso con la creación del Col·lectiu de Moros 11 de maig, el Col·lectiu de Pagesos Sant Ponç 1561 y el Col·lectiu de Pageses, se constituyen estatutariamente y, para organizar el Firó, trabajan con el Ayuntamiento, con el que conforman la Coordinadora 11 de Maig.

Descripción

El Firó de Sóller es la fiesta que recuerda la victoria del pueblo sollerense frente al ataque corsario turcoalgeriano que tuvo lugar el 11 de mayo de 1561.

Actualmente, esta celebración, alrededor de la cual se llevan a cabo diferentes actividades socioculturales, incluye diversos actos, que son los que se describen a continuación:

  • Investidura de las Valentes Dones
  • Procesión solemne por la que se traslada a la Virgen de la Victoria a la parroquia de San Bartolomé. Al final, se realiza una ofrenda de flores a la Virgen
  • Ofrenda de coronas en el monumento erigido a los héroes del 11 de mayo y misa con la asistencia de una representación de los personajes históricos
  • Representación de los hechos históricos: toque de campanas para avisar que se han divisado naves enemigas; parlamento del capitán Angelats por el que se encomienda a la Virgen de la Victoria y anima a los agricultores a la lucha; intento de desembarco de las tropas sarracenas, que son rechazadas por los sollerenses; desembarco de los sarracenos; nuevo enfrentamiento; saqueo de la villa y batalla final, que ganan los sollerenses, bajo el mando del capitán Angelats, el cual proclama la victoria y la agradece a la Virgen de la Victoria
  • Traslado de la Virgen de la Victoria a la iglesia del Hospital

Justificación

La celebración del Firó de Sóller ha llegado hasta nuestros días gracias a la constancia de la gente de Sóller, que la ha mantenido a lo largo de la historia y que la ha querido dar a conocer más allá del valle donde se ubica. Los hechos del 11 de mayo de 1561 son conocidos por todos los sollerenses, los cuales, además de transmitir la historia, han convertido en héroes las personas que la vivieron. Son ejemplo de ello y así lo recordó Miquel Ferrà en el pregón de las ferias de 1988 Catalina y Francisca Casasnovas: «Por eso mismo, las Valentes Dones son, ahora más que nunca, el espíritu mismo de Sóller, el amor hacia una patria más auténtica que empieza por nuestro propio hogar, por la sangre de nuestros antepasados, por las piedras venerables que nos cobijan, por el huerto fértil que provee nuestras despensas, por la lengua que hablamos desde la más tierna infancia, por la comunidad más íntima que nos rodea. Podríamos añadir que aquella gloriosa proeza con nombre propio femenino no fue un hecho aislado en aquel mundo de piratas y corsarios.»

Es, por tanto, en el imaginario colectivo de los sollerenses que las personas que vivieron la jornada del 11 de mayo de 1561 se han convertido en héroes y esta transformación es una muestra más de su pertenencia a la cultura popular. Los sollerenses han sido capaces, y lo son, de revivir cada año su historia para mantenerla viva, para darla a conocer y porque con el hecho de revivir este fragmento de su historia profundizan en su identidad como pueblo y la refuerzan frente a la de los otros pueblos. El archiduque Luis Salvador, en Die Balearen, recoge esta fiesta y dice precisamente que es «para conmemorar una gesta heroica».

Debemos valorar, también, la pervivencia de la historia en la toponimia sollerense, en la que podemos encontrar la calle de Tamany, del Capitán Angelats, del Virrey Rocafull, del Padre Baró, de la Victoria del 11 de Mayo o de Catalina y Francisca Casasnovas, entre otros. Además, tampoco podemos dejar de lado que la historia también pervive a través de la literatura, en himnos que se han dedicado al Firó o en la obra de teatro Joan Angelats, entre otros.

Por otra parte, esta celebración del Firó, que se ha visto alterada por las diferentes vicisitudes históricas en que se ha tenido que insertar a lo largo de la historia, se ha sabido adaptar muy bien a las circunstancias que le han tocado vivir. Por ello, el pueblo de Sóller ha celebrado la fiesta y la ha vivido según la realidad del momento, lo que también justifica que durante algunos años no se haya celebrado incluso porque no había presupuesto, o que se ha adaptado a las necesidades del momento y no se haya producido el simulacro de desembarco.

Es evidente que la celebración se ha adaptado a los nuevos tiempos y que la organización en colectivos es indicativa del sentimiento de pertenencia a un lugar, por lo tanto, también es ejemplo claro del sentido de identidad que provoca en los sollerenses, un sentimiento que es compartido por todos los miembros de la comunidad, porque el Firó de Sóller es una parte de la expresión máxima de la identidad sollerense y de su singularidad como pueblo. También lo recordó en su momento Miquel Bota Totxo durante el pregón de las ferias de 1977 cuando dice que [...] «La conmemoración del triunfo, dentro de los actos de las ferias anuales, tiene un sentido de hermandad inconmensurable, porque es motivo íntimamente arraigado en las profundidades del alma, por el hecho de reunir familias y amistades alrededor del recuerdo de una gesta histórica.»

Finalmente, hay que tener en cuenta la solicitud del Ayuntamiento de Sóller, en la que expone que la fiesta es «un refuerzo identitario de todos los sollerenses, como pueblo orgulloso de su propia historia».

De acuerdo con todo lo expuesto, el Firó de Sóller reúne las características a que se refiere la UNESCO en su Declaración de 17 de octubre de 2003, «Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial», en cuyo artículo 2 define el patrimonio cultural inmaterial como el «que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentido de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana».

Con el fin de salvaguardar la fiesta, y tal como establece la declaración de la UNESCO, deberá potenciarse su estudio, su documentación y su registro. Deberán potenciarse las condiciones para que la fiesta se mantenga viva, de acuerdo con lo que establezca la colectividad que la protagoniza y le da sentido. La tarea de protección y de salvaguardia se dirigirá fundamentalmente hacia la divulgación y la revalorización de todos los elementos, las funciones y los significantes que forman parte de ella, y de sus valores patrimoniales, para que la comunidad se identifique con la fiesta y sus valores, y, por tanto, garantice su continuidad.

Conclusión

1. Por todo ello, este Consejo Asesor de Cultura Popular y Tradicional de Mallorca informa favorablemente sobre la declaración de Fiesta de Interés Cultural del Firó de Sóller.

2. Igualmente, este Consejo Asesor invita a las instituciones correspondientes a iniciar las gestiones adecuadas para que la fiesta de los moros y cristianos en otros sitios pueda acceder a esta declaración.»

Dado que en el Firó de Sóller concurren los valores que la UNESCO señala para merecer la condición de patrimonio cultural inmaterial, y dado que la comunidad lo considera parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, proponemos la incoación del expediente de declaración del Firó de Sóller como Fiesta de Interés Cultural.

(Es traducción literal del ejemplar en catalán. Este informe incluye citas de obras escritas originalmente en catalán que se han traducido al castellano para esta publicación.)