Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15695
Ejecución de Títulos no Judiciales 272/2014
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000272 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARINA MEINELT contra la empresa MAIK MULLER, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se adjunta:
D E C R E T O
LETRADA DE LA ADMON DE JUSTICIA.- Dª FRANCISCA REUS BARCELÓ .
En PALMA DE MALLORCA, a veinte de Octubre de dos mil quince.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el presente procedimiento se practicó Tasación de Costas , ascendiendo a un total de 242,00 euros y se aportó la propuesta de liquidación de intereses , por la adversa, que asciende a un importe de 47,07€ .
SEGUNDO.- De la Tasación de Costas y de los intereses, por resolución de fecha 15/09/2015 se dio traslado a las partes para su impugnación, sin hacer manifestación alguna y dejando de transcurrir el plazo conferido a tal efecto.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Aprobar la Tasación de costas practicada/s y la liquidación de intereses por importe total de 289,07 € a cuyo pago resulta condenada MAIK MULLER en las presentes actuaciones.
Firme la presente resolución pasen los autos a la mesa de la SrªSecretaria para expedir mandamiento de devolución a favor de la ejecutante por importe de 77,27€ (importe de 47,07 en concepto de abono de intereses más 30,2 € a cuenta del importe a que asciende la Tasación de Costas), continuándose con los trámites de la presente ejecución por el resto de cantidades pendientes de abono , esto es por la cuantía de 211,8€ de principal.
Continúese la presente ejecución por los trámites oportunos y realícese un nuevo embargo telemático de cuentas corrientes titularidad de la entidad ejecutada, por si ésta hubiera pasado a mejor fortuna, embargo de cuentas corrientes acordado mediante decreto de fecha 10/12/2014, en cuantía suficiente a cubrir el principal reclamado de 211,8€.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº ES5500493569920005001274 del Santander , debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación en legal forma a MAIK MULLER, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Octubre de dos mil quince.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL