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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO CENTRO BALEARES EUROPA

Núm. 16216
Resolución del vicepresidente del Centre Balears Europa por la que se aprueban las bases que regirán la concesión de las becas CBEuropa 2016, para la formación práctica de jóvenes titulados universitarios en la oficina del Centre Balears Europa en Bruselas, como también la aprobación de la convocatoria correspondiente

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Texto

El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuyo establecimiento o gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o a sus entidades dependientes y, en particular, la disposición adicional primera.

Los Estatutos del Centre Balears Europa (en adelante CBE) disponen que el objeto del consorcio es el impulso, la organización y la coordinación de actividades relacionadas con el ámbito de la Unión Europea y que para cumplirlo el Centre tiene entre sus finalidades otorgar ayudas y becas.

Vista la memoria justificativa de la directora gerente del CBE, señora Marta Neus López Cortès, de fecha 4 de setiembre sobre la necesitad de convocar las becas CBEuropa 2016.

Vista la certificación de existencia de crédito suficiente del departamento de administración del CBE, de fecha 9 de septiembre de 2diez5.

De acuerdo con el artículo 15 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y haciendo uso de la competencia que me atribuye la letra h del artículo 21 punto 1 de los Estatutos del Centre Balears Europa, en complimiento del acuerdo adoptado por la comisión de la Junta Rectora de fecha 14 de setiembre,  dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la convocatoria que regirá la concesión de dos becas CBEuropa 2016 para la formación práctica de jóvenes titulados universitarios en la oficina del CBE en Bruselas correspondiente al período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016, y las bases que figuran en el anexo I.

2. Establecer un plazo de presentación de solicitudes desde el día siguiente a la fecha de  publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta 15 días naturales después de la publicación en el BOIB.

3. Autorizar un gasto por un importe máximo de 17.254 euros por beca, lo que hace un total de 34.508 euros. Este importe se consigna con cargo al presupuesto para el año 2016, con cargo a la partida presupuestaria 659 Becarios del Área de Información, Divulgación y Formación.

4.  Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

5. En caso de discrepancia entre la versión catalana y la versión castellana prevalece la versión catalana.

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma de Mallorca a 30 d’octubre de 2015

 

El presidente del Centre Balears Europa

Gabriel Barceló i Milta

 

ANEXO I

BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN  DE UNA BECA CBEUROPA 2016

Objetivos

  • Adquirir una experiencia formativa de carácter práctico en la oficina del CBE en Bruselas y en la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Conocer el funcionamiento de las instituciones, políticas y acciones de la Unión Europea.
  • Participar en la actividad habitual y colaborar en las tareas técnicas de la oficina de Bruselas: búsqueda de información y preparación de material y documentación, asistencia a reuniones o conferencias de instituciones y órganos de la Unión Europea, y colaboración en la realización de informes, boletines, etc.
  • Consolidar amplios conocimientos prácticos de todo cuanto supone la pertenencia de España, especialmente las Illes Balears, a la Unión Europea.

Dotación

  • El CBE se compromete a dotar al becario o becaria con la cantidad de 1.200,00 euros mensuales brutos durante el tiempo de permanencia, excluido el mes de vacaciones (13.200,00 euros anuales). A esta cantidad se le practicará una retención del IRPF y la cuota correspondiente en el régimen de la Seguridad Social.
  • Durante el tiempo de formación práctica, se dispondrá individualmente de una dotación mensual máxima para formación complementaria de 200,00 euros brutos mediante la justificación del gasto i la autorización previa por parte de la gerencia.
  • El CBE también se compromete a sufragar un billete de avión de ida y otro de vuelta desde el lugar de residencia hasta Bruselas al comienzo, y a la conclusión de la beca desde Bruselas al lugar de residencia.
  • El seguro de accidentes durante el período de la beca es a cargo del CBE.

Destinatarios: requisitos

  • Estar en posesión del título académico exigido (licenciatura o grado universitario) o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, se debe aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
  • Acreditar, con título oficial, como mínimo un conocimiento de inglés del nivel B2, según el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL).
  • Acreditar, con título oficial, como mínimo un nivel de catalán C1 (MCERL).
  • Tener la ciudadanía de uno de los Estados Miembros de la Unión Europea.
  • Edad límite: 30 años.
  • No se pueden presentar personas anteriormente becadas por el CBE.

Plazos

  • Presentación de candidaturas: desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria de becas en el BOIB  hasta 15 días naturales después de su publicación en el BOIB.
  • Fecha de incorporación en la oficina de Palma: 1 de enero de 2016.
  • Fecha de incorporación en la oficina de Bruselas: 18 de enero de 2016.
  • Al comienzo de la beca, entre el 1 de enero de 2016 y el 17 de enero de 2016, los becarios realizarán un periodo de formación en la sede del CBE de Palma. El mes de diciembre de 2016, realizarán una práctica profesional en la administración de la CAIB, de acuerdo con los trabajos realizados durante su estancia en la oficina de Bruselas.

Documentación que se debe presentar

  • Formulario de solicitud de participación en el procedimiento de selección de la beca. Anexo II.
  • Currículum con formato EUROPASS con foto tamaño carnet.
  • Acreditación de la licenciatura o el estudio de grado (original con copia o copia compulsada).
  • Copia de los certificados que avalen los requisitos y los méritos expuestos (originales con copia o copias compulsadas).
  • Una fotocopia del DNI.

Lugar y forma de presentación de la documentación

Beques CBEuropa 2016

• Registro del CBE:

Centre Baleares Europa. Calle del Palacio Real, nº17. 07001 Palma de Mallorca

Tel.: 971 78 43 39 Fax: 971 78 43 35

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 horas

• Además, pueden presentarse en cualesquier de los lugares que se prevén en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: 

  • En los registros de los órganos administrativos donde se dirigen. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración general del Estado, a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones, Cabildos o Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los municipios a los que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local. 
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. 

Se tiene que llevar el sobre abierto a Correos para que se ponga el sello a la solicitud y también a la fotocopia de la solicitud mencionada, que una vez sellada sirve de resguardo de presentación. Se cierra el sobre con la solicitud original firmada y sellada, junto con la documentación adicional requerida, si procede. La fecha del sello de Correos es la que se considerará como fecha de registro de la solicitud.

  • En las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero.

En los casos que los candidatos hayan presentado la solicitud a un lugar diferente del registro del CBE, hay que enviar una copia de la solicitud con el sello de registro correspondiente en el plazo de 24 horas desde la fecha tope de presentación, mediante correo electrónico a cbouzas@cbe.caib.es o fax (971784335). 

No se van a valorar ni tener en cuenta los méritos o los requisitos a alegados que no se poseen al acabar el plazo de presentación de solicitudes, ni los que no se hayan acreditado mediante la correspondiente documentación de forma adecuada y clara. No se admitirá ninguna documentación referida a méritos una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.

Sin perjuicio del anterior, los defectos formales de la documentación presentada se pueden subsanar en los mismos términos que prevé el artículo 71 de la Ley 30/1992.

Méritos: criterios de valoración

Las candidaturas se valorarán siempre que se cumplan y se acrediten los requisitos de los candidatos, y se valorarán los méritos de acuerdo con la siguiente puntuación:

CRITERIOS DE PUNTUACIÓN

* Segunda licenciatura o estudio de grado

2,0

*Doctorado  en estudios europeos o relaciones internacionales

2,0

* Máster en estudios europeos o relaciones internacionales (mínimo 60 créditos ETCS)

2,0

*Diplomatura o máster

1,0

* Postgrado en estudios europeos  o relaciones internacionales

1,0

* Acreditación de un grado de discapacidad del 33 % como a mínimo

1,0

* Acreditación de la residencia a les Illes Balears per un período superior a tres años consecutivos

1,0

* Catalán nivel D (C2 MCERL)

1,0

* Catalán nivel E

0,5

* Inglés C1 (MCERL) o superior

1,0

* Francés B1 (MCERL) o superior

1,0

* Otros idiomas B1 (MCERL) o superior

0,5

Total puntos máximos

14,0

Procedimiento de selección de los candidatos

Los diez candidatos con mayor puntuación pasarán como preseleccionados a realizar una entrevista personal con una comisión evaluadora. La entrevista consistirá en la realización de diversas preguntas sobre la realidad institucional, social y cultural de las Illes Balears y de la Unión Europea. La entrevista se podrá hacer por videoconferencia, si el candidato se encuentra fuera de Mallorca.

La entrevista personal de los diez preseleccionados se puntuará con un máximo de 7 puntos, que se añadirán a los obtenidos en la puntuación de los criterios de valoración méritos.

La lista de candidatos preseleccionados se publicará en la página web (www.cbe.es), y estos serán notificados directamente por correo electrónico o por teléfono. Las entrevistas personales tendrán lugar aproximadamente la semana siguiente a la publicación de la lista.

La fecha concreta y la duración de las entrevistas personales será comunicada personalmente por correo electrónico o por teléfono.

El presidente del CBE designará una comisión evaluadora para la selección de los candidatos a las becas CBEuropa 2016 que estará compuesta por cuatro representantes de la Junta Rectora del consorcio. La directora gerente del CBE intervendrá con funciones de secretaria, con voz pero sin voto.

La comisión evaluadora seleccionará dos candidatos y cinco suplentes, por orden de clasificación.

En general, se utilizará la página web del Centre Balears Europa (www.cbe.es) para llevar a cabo la información general después de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y para las notificaciones a las personas interesadas y cualquier otra comunicación se hará mediante correo electrónico o por teléfono.  

Condiciones

La duración del programa de formación en prácticas es de 1 año a partir de la incorporación (el mes de agosto sin remunerar).

El hecho de acceder a la beca no implica relación contractual para la entidad, ni tampoco implica ningún compromiso profesional una vez finalizada la beca.

El bajo rendimiento en el aprendizaje del programa de formación en prácticas será motivo para que la directora gerente del CBE, a propuesta de la subdirectora del área de Formación, Información i Divulgación, considere la posibilidad de retirar la beca.

En caso de renuncia del becario o becaria antes del final de la beca, se debe comunicar al CBE con 30 días naturales de antelación. Los días de preaviso no practicados se restarán del abono mensual de la subvención o de cualquier otro derecho que le pueda corresponder.

Los suplentes podrán sustituir, por orden correlativo, cualquier vacante de los becarios que se produzca en la oficina de Bruselas. En este caso, los suplentes se integrarán en las mismas condiciones que indica la convocatoria, hasta la finalización de su período de formación.

La persona becada debe respetar el hecho de estar integrada en una entidad pública y en ningún momento puede poner en peligro el buen nombre del CBE.

El becario o becaria debe firmar un documento de aceptación de las condiciones de la beca y, de esta manera, quedará formalizada su condición de persona becada en la oficina de Bruselas del CBE.

La jornada diaria de formación práctica en el CBE es de 35 horas semanales.

Los becarios podrán ampliar su formación con otros cursos complementarios. Para la obtención  de la dotación prevista en este sentido, el director gerente del CBE deberá autorizar su contenido de acuerdo con los objetivos de esta subvención. El horario de formación complementaria deberá ser compatible con el desarrollo normal de la jornada diaria acordada en el CBE.

Durante la beca se debe acreditar el aprovechamiento de la formación complementaria mediante documentos de control de evaluación.

Se prevé, excepcionalmente, la posibilidad de prórroga de la beca por un plazo máximo de un año, con los mismos criterios de la beca original,  sujeta a las siguientes condiciones:

  • La prórroga está vinculada a las necesidades y disponibilidad del CBE, y en ningún caso se considerará que los becarios tienen derecho a la misma.
  • La concesión de prórroga dependerá de la evaluación del grado de           aprovechamiento de la beca, determinada por el director gerente del CBE a propuesta del subdirector del área de Formación, Información y Divulgación.
  • El becario tendrá que presentar una memoria relativa a las actividades desarrolladas en el marco de la beca, y también la acreditación de la formación complementaria en su caso.

Nuevas becas en la convocatoria CBEuropa 2015.

En el caso de que la disponibilidad presupuestaria así lo permita, el presidente del CBE puede conceder nuevas becas, que se regirán por el régimen jurídico contenido en esta convocatoria y que se nutrirá de los becarios suplentes, por orden de puntuación.

 

ANEXO II

Documentos adjuntos