Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 16180
Aprobación definitiva modificación de crédito nº 1
En cumplimiento del articulo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre que establece las Reglas especiales para la destinación del superávit presupuestario al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 6 de octubre de 2015, sobre la propuesta de modificación de crédito nº 1 por suplemento de crédito, y crédito extraordinario en el presupuesto de 2015 de este ayuntamiento, que se hace público resumido por capítulos:
Modificación de Crédito núm. 1
Partida Presupuestaria |
Consig.anterior |
Descripción |
Aumento |
Consig. Definitiva |
Código |
|
|
|
|
933.61900 |
0 |
Remodelación cafetería (296.450) y entrada del polideportivo (24.200) |
320.650,00 |
320.650,00 |
171.61900 |
0 |
Reparación pared Rectoría |
60.500,00 |
60.500,00 |
155.61900 |
0 |
Reparación vías públicas |
66.550,00 |
66.550,00 |
920.22600 |
25.000,00 |
Gastos jurídicos |
25.480,93 |
50.480,93 |
011.91300 |
433.100,00 |
Amortizaciones |
200.000,00 |
633.100,00 |
SUMA |
0 |
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673.180,93 |
1.131.280,93 |
El financiamiento procede del sobrante positivo de Tesorería.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que dispone el articulo 171 aprobación definitiva de las transferencias de crédito se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, dentro del plazo establecido y en la forma que establecen las normas de dicha jurisdicción, según lo que dispone el articulo 171.1 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 23-1 del RD 500/90, de 20 de abril.
Binissalem, 4 de noviembre de 2015
El Alcalde
Jeroni Salom Munar.