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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 16109
Bases que regulan la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto para el curso 2015-2016

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2015, aprobó las siguientes:

 

BASES QUE REGULAN LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2015-2016

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la convocatoria es el otorgamiento por parte del Ayuntamiento de Llubí, de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar lectivo para el curso 2015-2016 a las familias con hijos que cursan enseñanza obligatoria, es decir, Educación infantil y Educación Primaria.

Las ayudas económicas tienen la finalidad de apoyar económico al gasto que supone la adquisición de libros de texto a las familias del municipio de Llubí y está destinada a la compra de libros de carácter obligatorio por el alumno.

2.- REQUISITOS

- Los solicitantes, ya sea el padre, la madre o el tutor legal tienen que estar empadronados al municipio de Llubí, con una antigüedad de dos años anteriores a la solicitud.

- Los alumnos tienen que estar matriculados en Educación Infantil (3-5 años ) y Educación *Primaria ( 6-12 años )

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Llubí.

- No encontrarse sometido a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones público.

- En caso de tener una deuda con el Colegio Público Duran Estrany, la ayuda se compensará en la parte que tienen de deuda.

- Asistencia a un mínimo del 80% de clases al primer trimestre.

3.- DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS

Podrán solicitar las ayudas o becas el padre, la madre o tutor legal empadronado en Llubí, con una antigüedad mínima de dos años desde la fecha de la solicitud, de aquellos alumnos matriculados a cualquier curso de Educación Infantil o que hayan participado en el fondo de libros de cualquier curso de Educación primaria durante el curso escolar 2015-2016 en representación del alumno.

4.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.

En los presupuestos municipales del Ayuntamiento de Llubí para el año 2015 existe partida 231/48001 por importe de 5.000 euros para destinar a la ayuda de libros de texto. Visto que ya se ha realizado una aportación de 600 euros al Fondo de libros , hay consignación presupuestaria por un importe de 4.400 euros.

5.- FORMA Y DOCUMENTACIÓN DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las personas interesadas a solicitar una ayuda se tienen que dirigir al registro general del Ayuntamiento de Llubí y aportar la siguiente documentación:

- Solicitud (anexo 1)

- Fotocopia del DNI, ANIDO o pasaporte del solicitando.

- Documento bancario en que consten los datos de la cuenta y el titular de este. Se acreditará con una fotocopia de la libreta.

- Declaración jurada de no haber recibido ninguno otra ayuda por el mismo concepto (Anexo 2).

Los datos relativos al empadronamiento serán comprobadas por el propio Ayuntamiento de Llubí y, por lo tanto, no es necesario aportar los certificados.

Las becas se solicitarán mediante el modelo de solicitud (Anexo 1), dirigido a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Llubí y subscrito por el representante del alumno al Registro de entrada del Ayuntamiento de Llubí. La presentación de la solicitud implicará la autorización al Ayuntamiento de Llubí, porque, en nombre del solicitando, realice las gestiones y comprobaciones pertinentes para la tramitación de las ayudas.

6.- PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales desde la publicación de las presentes Bases al BOIB, tablero de edictos y página web del Ayuntamiento de Llubí (www.ajllubi.net).

7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

El importe de las ayudas se hará de acuerdo con los siguientes criterios:

1.- Para ser miembro de familia numerosa se multiplicará por coeficiente 0,3.

2.- Por la adhesión al fondo de libros se multiplicará por coeficiente 0,2.

3.- Para ser dos hermanos se multiplicará por 0,1.

8.- COMISIÓN DE VALORACIÓN Y OTORGAMIENTO

El Ayuntamiento formará una Comisión de Valoración formada por el Secretario- Interventor de la Corporación y dos auxiliares administrativos, y sus funciones serán las siguientes:

1. Evaluar cada una de las solicitudes presentadas

2. Admitir o excluir las solicitudes que corresponda, en relación con los criterios que se enmarcan a las presentes.

Una vez examinadas todas las solicitudes, se hará propuesta resolución provisional por parte de la Regidora de Educación, de acuerdo con los criterios de valoración y los requisitos establecidos en estas bases.

Esta lista se expondrá en la página web y al tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los solicitantes podrán presentar, en el plazo de 3 días habilidosos contados a partir del siguiente a la exposición de la lista provisional, las oportunas reclamaciones acompañadas de la documentación que estimen conveniente, que tendrá que ser presentada al registro de entrada del Ayuntamiento de Llubí en horario de atención al público.

9.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

Una vez la Comisión Evaluadora haya analizado la documentación aportada para enmendar y a la vista de las alegaciones presentadas, se hará resolución definitiva de concesión o denegación de las ayudas, que expresará la lista de personas beneficiarias y la cantidad de la ayuda otorgada, y también las solicitud excluidas con indicación de la causa de exclusión. Esta resolución será expuesta la página web municipal y al tablero de edictos.

10.- PAGO DE LAS AYUDAS

El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria o cualquier forma de pago aceptado por el TRLHL a la cuenta indicada por el solicitando.

11.- CONTABILIDAD DE LAS BECAS

Las becas concedidas en virtud de la presente convocatoria no son compatibles con cualquiera otra ayuda que se pudiera percibir por la misma finalidad otras entidades públicas. A tal efecto, los solicitantes tendrán que firmar una declaración jurada (Anexo 2)

12.- RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses.

 

Llubí, 26 de octubre de 2015

La Alcaldesa
Magdalena Perelló Frontera

 

ANEXO I.- Instancia solicitud de subvención para ayudas libros de texto curso 2015-2016

DATOS DE IDENTIFICACIÓN

Nombre y Apellidos

DNI

Dirección      

CP      

Teléfono      

Municipio      

Correo electrónico

DADES DE LA PERSONA REPRESENTANT

Nombre y Apellidos

     

DNI

     

Dirección

     

CP

     

Teléfono

     

Municipio

     

En cualidad de

     

Correo Electrónico

     

EXPONE

Estando informado de la convocatoria específica de subvención de acuerdo con las Bases que regulan la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto por el curso 2015-2016, declaro cumplir los requisitos que en ella se exigen y adjunto la documentación requerida.

ADJUNTA

 Fotocopia DNI, NIE o pasaporte del solicitante.. Fotocopia de libo de familia en caso de familia numerosa y/o ser dos hermanos

 Documento bancario en que consten los datos de la cuenta y el titular de este. Se acreditará con una fotocopia de la libreta

SOLICITA

FIRMA

Que me sea concedida la subvención indicada

Llubí,         de noviembre     de 2015.

SRA. ALCALDESA DE L´AJUNTAMENT DE LLUBI

 

ANEXO II.- DECLARACIÓN JURADA

En cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases que regulan la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto por el curso 2015-2016 DECLARO:

No ha solicitado ni percibido ninguna subvención otras administraciones por esta actividad solicitada, comprometiéndose a comunicar en el ayuntamiento la concesión otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad que se hayan podido obtener con posterioridad a la presentación de este escrito.

Llubí, de noviembre de 2015.

Firma,

Nombre:

DNI: