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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 16098
Modificación definitiva de crédito 9_2015

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Texto

Ha sido elevada a definitiva, en virtud de la presunción establecida al arte. 169.1 en relación al arte. 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la aprobación del expediente de modificación de crédito 9/2015 del Presupuesto General 2015, suplemento de crédito, que ofrece el siguiente resumen de capítulos:

Cap. Gastos finales

Créditos A

Modificación B

Créditos  A+B

A) Operaciones corrientes

1

583.265,00

-3.827,00

579.438,00

2

563.923,01

563.923,01

3

10.500,00

10.500,00

4

59.228,70

59.228,70

B) Operaciones de capital

6

49.000,00

3.827,00

52.827,00

7

450,00

450,00

9

28.800,00

28.800,00

Totales

1.295.166,71

1.295.166,71

Cap. Ingresos

A) Operaciones corrientes

1

554.789,00

554.789,00

2

19.500,00

19.500,00

3

134.536,00

134.536,00

4

539.066,00

539.066,00

5

28.300,00

28.300,00

B) Operaciones de capital

6

0

0

7

0

0

8

18.975,71

18.975,71

9

0

0

Totales

1.295.166,71

1.295.166,71

Recursos.

Contra la aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito 9/2015, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio que los interesados legitimados puedan ejercitar, si hace el caso, cualquiera otro recurso que estimen procedente.

 

Llubí,3 de noviembre de 2015.

La Alcaldesa,
Magdalena Perelló Frontera.