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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 16043
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca, mediante el que se aprueban las tarifas aplicables el año 2016 a los servicios de Inspección Técnica de Vehículos realizados por la entidad concesionaria del servicio

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Texto

El Pleno del Consell Insular de Mallorca, en sesión celebrada día 8 de octubre de 2015, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación de las tarifas aplicables a partir de día 1 de enero de 2016 a los servicios de Inspección Técnica de Vehículos realizados por la entidad concesionaria del servicio.

SERVICIOS

COSTE UNITARIO (€)

1

Inspección periódica vehículos pesados

36,17 €

2

Inspección periódica vehículos ligeros

28,92 €

3

Inspección periódica cuadriciclos, quads y turismos

21,79 €

4

Inspección periódica vehículos de 2 y 3 ruedas

13,08 €

5

Inspección emisión gases vehículos pesados diesel

35, 34 €

6

Inspección emisión gases vehículos ligeros y turismos diesel

17,82 €

7

Inspección emisión de gases vehículos en catalizador

5,10 €

8

Inspección vehículos accidentados con inspección periódica incluida

124,71 €

9

Suplemento por inspección a la Estación móvil

15,67 €

10

Desplazamiento [p = 54,52€+ (n-1) x 5,46€] variable según n*

54,57 €

5,47 €

11

Pesaje

3,81 €

12

Segundas inspecciones periódicas vehículos pesados.

10,85 €

13

Segundas inspecciones periódicas vehículos ligeros.

8,67 €

14

Segundas inspecciones periódicas cuadriciclos, quads y turismos.

6,55 €

15

Segundas inspecciones periódicas vehículos de 2 y 3 ruedas.

3,92 €

16

Segunda inspección emisión gases vehículos pesados diesel

10,60 €

17

Segunda inspección emisión gases vehículos ligeros y turismos diesel

5,34 €

28

Inspección específica vehículos transporte escolar y de menores

22,63 €

* n = número de vehículos a inspeccionar en un mismo desplazamiento

  • Suplemento para inspección fuera del horario de trabajo: el precio se incrementará en un 25% (solo se podrán realizar fuera del horario de trabajo a petición del interesado).
  • Para la segunda inspección de comprobación de la corrección de los defectos observados en la inspección periódica (excepto vehículos agrícolas) con resultado desfavorable, se abonará una tasa del 30% de la primera, siempre que el plazo de presentación del vehículo no sea superior a dos meses; en este caso se procederá a realizar una inspección completa en el vehículo, abonando el 100% de la tasa correspondiente.
  • En caso de que el resultado de la inspección periódica (excepto vehículos agrícolas) sea desfavorable, y que los defectos observados no obliguen a pasar por la línea de inspección para comprobar su corrección, y no sean más de 4 defectos graves, se concederá un plazo máximo de 7 días hábiles para poder pasar la segunda inspección sin abonar tasas.
  • Las tasas caducarán al año de la fecha de apertura de los expedientes que las motivan.
  • A estas tarifas se añadirá el IVA.

Palma, 14 de octubre de 2015

El secretario general

Jeroni Miquel Mas Rigo