Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 15971
Aprobación definitiva expediente de modificación de la base 28ª de las Bases de ejecución del Presupuesto de 2015
La alcaldesa del Ayuntamiento de San Luis hace saber, de conformidad con la legislación vigente en materia de haciendas locales, que contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de la base 28ª de las Bases de ejecución del Presupuesto de 2015, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 24 de septiembre de 2015, no se ha presentado ninguna reclamación, por lo que queda aprobado definitivamente, transcribiendo a continuación dicha base 28ª :
BASE 28ª. SUBVENCIONES
Con carácter general, las subvenciones que conceda el Ayuntamiento en concepto de ayuda económica directo y gratuito, se otorgarán conforme los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. No obstante, se aprobarán de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto de la corporación, aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto por una norma de rango legal y con carácter excepcional , aquellas en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas sin convocatoria pública.
Las subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto, las cuales se regirán por los Convenios que se aprueben al efecto o mediante un acto administrativo dictado por el órgano competente por razón de la cuantía, son las siguientes:
Nº |
Aplicación |
Finalidad de la subvención |
Beneficiario |
Cuantía |
---|---|---|---|---|
1 |
3232.48900 |
Convenio ayuda equipos informáticos |
NUEVA ESCUELA |
1.650,00€ |
2 |
3231.48900 |
Escoleta anual |
APIMA ESCOLETA |
1.500,00€ |
3 |
3230.48900 |
Aportación anual escuela |
APIMA ESCUELA |
4.000,00€ |
4 |
3230.48901 |
Curso educación ambiental |
COLEGIO PÚBLICO |
2.750,00€ |
5 |
3232.48902 |
Salida buco-dental |
COLEGIO PÚBLICO |
250,00€ |
6 |
3232.48902 |
Salida buco dental |
NUEVA ESCUELA |
356,60€ |
7 |
3230.48903 |
Convenio ayuda equipos informáticos |
COLEGIO PÚBLICO |
1.089,00€ |
8 |
3232.48901 |
Convenio educación ambiental |
NUEVA ESCUELA |
1.500,00€ |
9 |
3420.48900 |
Convenio mantenimiento campo fútbol |
C.C.E. SANT LLUIS |
13.180,42€ |
10 |
341.48902 |
Actividad básquet |
C.C.E. SANT LLUIS |
3.000,00€ |
11 |
341.48903 |
Actividad atletismo |
C.C.E. SANT LLUÍS |
1.200,00€ |
12 |
153.48901 |
Pintado zonas públicas |
ASSOC.POBLAT PESCADORS |
18.011,07€ |
13 |
3340.48901 |
Convenio Gala Lírica |
C.C.E. Sant Lluís |
15.000,00€ |
14 |
3340.48900 |
Convenio actividades deportivas y culturales |
C.C.E. SANT LLUÍS |
20.554,56€ |
15 |
338.48900 |
Convenio Fiestas Patronales |
CREU ROJA |
2.825,57€ |
16 |
338.48901 |
Convenio Fiestas Patronales |
COLLA DE GEGANTER I CAP GROSSOS |
2.500,00€ |
17 |
337.48901 |
Subvención jóvenes Sant Lluís |
MOU.-TE, MOVIMENT JOVE |
600,00€ |
18 |
3341.48901 |
Convenio mantenimiento edificio |
C.C.E. SANT LLUIS |
9.300,00€ |
19 |
2310.48907 |
Ayuda anual |
CARITAS |
1.500,00€ |
20 |
2310.48900 |
Cooperación con el Tercer Mundo |
FONS MENORQUÍ DE COOPERACIÓ |
12.000,00€ |
21 |
2310.48901 |
Convenio colaboración servicios sociales |
CREU ROJA |
64.395,71€ |
22 |
337.48900 |
Convenio con los escoltes |
ESCOLTES DE SANT LLUÍS |
140,00€ |
23 |
2310.48902 |
Subvención anual |
FUNDACIÓ DISCAPACITATS ILLA DE MENORCA |
14.624,64€ |
24 |
341.48900 |
Aportación Island Games |
FUNDACIÓ DESTÍ MENORCA |
3.750,00€ |
25 |
3340.48902 |
Subvención anual |
BANDA DE CORNETES I TAMBORS |
1.500,00€ |
26 |
341.48905 |
Actividad básquet EBA |
C.C.E. SANT LLUIS |
5.000,00€ |
27 |
341.48906 |
Actividades criquet |
CRIQUET CLUB |
2.000,00€ |
28 |
341.48907 |
Actividades deportivas |
CRUZ ROJA |
1.492,40€ |
29 |
3340.48903 |
Actos culturales |
CRUZ ROJA |
396,50€ |
30 |
132.48900 |
Actividades policía |
CRUZ ROJA |
365,00€ |
31 |
3340.48904 |
Convenio 30é aniversario VILLAJARDIN |
FUNDACIÓN FIDAH |
1.100,00€ |
32 |
3340.48905 |
Convenio Deixem lo Dol |
DEIXEM LO DOL |
1.500,00€ |
33 |
3340.48900 |
Enciclopedia de Menorca |
FUNDACIÓ ENCICLOPÈDIA DE MENORCA |
3.000,00€ |
34 |
2310.48904 |
Ayuda excursiones |
CLUB DE JUBILATS |
1.000,00€ |
35 |
1532.48902 |
Fiestas de s’Algar |
ASSOCIACIÓ VECINOS DE S’ALGAR |
300,00€ |
36 |
172.48900 |
Anellament a s’illa de l’Aire |
SOM |
530,00€ |
El artículo 56 del Reglamento de la Ley general de subvenciones permite la tramitación anticipada del expediente, siempre que la ejecución del gasto se realice en la misma anualidad en que se produzca la concesión y que normalmente exista crédito adecuado y suficiente para la cobertura presupuestaria del gasto de que se trate o exista crédito adecuado y suficiente en el proyecto de presupuesto del ejercicio siguiente. En estos casos, la cuantía total máxima que figure en la convocatoria tendrá carácter estimado por lo que se deberá hacer constar expresamente en la misma que la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En estos casos, se incorporará al expediente un certificado de intervención de existencia habitual de crédito o un informe del concejal del área correspondiente de existencia de crédito adecuado y suficiente en el proyecto de presupuesto de la corporación que esté en fase de elaboración o tramitación.
La interventora municipal y los servicios económicos llevarán a cabo el control financiero sobre toda clase de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento , tanto si su otorgamiento se ha hecho a través de concurrencia competitiva o por concesión directa. A tal efecto podrán requerir , en cualquier momento , todos los documentos o actuaciones administrativas que considere necesarios.
Este control tendrá principalmente como objeto comprobar el cumplimiento por parte de los beneficiarios de sus obligaciones en la gestión y aplicación de la subvención y en la adecuada y correcta financiación de las actividades subvencionadas.
Los beneficiarios y terceros relacionados con el objeto de la subvención o de su justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar la documentación que les sea requerida por el personal que efectúe el control financiero, el cual tendrá las siguientes facultades: libre acceso a la documentación objeto de comprobación; los locales de negocio y demás establecimientos o lugares donde se desarrolle la actividad subvencionada; la obtención de facturas, documentos equivalentes y cualquier otro documento relativo a las operaciones en que haya indicios de la incorrecta obtención o destino de la subvención y el libre acceso a la información de cuentas bancarias relacionadas con las subvenciones objeto de control.
Las facultades y deberes del personal controlador así como el procedimiento para el ejercicio del control financiero serán los previstos en los arts. 47 a 50 de la Ley General de Subvenciones, con la salvedad de que cuando haya disconformidad entre el informe de la Intervención y el órgano gestor se someterá a consideración del Plenario municipal.
Para cualquier otro asunto estará a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de Subvenciones y la Ley General de Subvenciones. "
Contra la aprobación definitiva se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazo que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre y 23.1 del RD 500/90, de 20 de abril.
Sant Lluís, 30 de octubre de 2015
Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís
M. Montserrat Morlà Subirats