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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15326
Procedimiento ordinario 893/2007

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Texto

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Palma de Mallorca, a 14 de noviembre de 2014

Vistos por mí, Víctor Manuel Casaleiro, Juez de refuerzo en el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de los de esta ciudad y su partido, los autos de juicio de ORDINARIO Nº 893/2007, a instancia del Procurador Doña María José Rodríguez Hernández en nombre representación de BONNIN SANSO CIUTADELLA SL, BONNIN SANSO MAHON SL, Y FLI-PROP SLU, todas ellas defendidas por el Letrado D. Juan Garbayo Blanch, contra CORPORATION BALEAR DE PUBLICIDAD Y MARKETING SL Y CONTRA D. SANTIAGO BONNIN SINTES, declaradas en situación de rebeldía procesal, sobre DERECHO DE MARCAS.

FALLO

Que con ESTIMACIÓN PARCIAL  de la demanda interpuesta por la Procurador Doña María José Rodríguez Hernández en nombre representación de BONNIN SANSO CIUTADELLA SL, BONNIN SANSO MAHON SL, Y FLI-PROP SLU, todas ellas defendidas por el Letrado D. Juan Garbayo Blanch, contra CORPORATION BALEAR DE PUBLICIDAD Y MARKETING SL Y CONTRA D. SANTIAGO BONNIN SINTES, declaradas en rebeldía, DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la acción de reivindicación de la marca nº 2.652.599 “ Fincas Bonnin”, ordenándose el cambio de titularidad de las mismas a favor de la entidad mercantil Bonnin Sanso Mahon S.L. y la entidad mercantil Bonnin Sanso Ciutadella S.L., con subrogación en los derechos que hoy ostenta los demandados, y notificación del cambio de titularidad a la Oficina Española de Patentes y Marcas para su inscripción a nombre de la entidad mercantil Bonnin Sanso Mahon S.L. y la entidad mercantil Bonnin Sanso Ciutadella S.L.; y DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la acción de reivindicación de la marca nº 2.555.551 “Fincas la Isla”, ordenándose el cambio de titularidad de las mismas a favor de la entidad mercantil Fli-Prop S.LU, con subrogación en los derechos que hoy ostentan los demandados, y notificación del cambio de titularidad a la Oficina Española de Patentes y Marcas para su inscripción a nombre de la entidad mercantil Fli-Prop S.LU

Con desestimación del resto de pronunciamientos de la demanda.

Todo ello sin especial declaración sobre las costas. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, el cual deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS a contar desde la fecha de su efectiva notificación. De conformidad con la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, la interposición del recurso de apelación exige el pago de la tasa judicial.

Se extiende la presente para que sirva de notificación a los codemandados.

PALMA DE MALLORCA a veintiocho de Julio de dos mil quince.

EL SECRETARIO