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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 15904
Aprobada definitivamente la modificación de la base de ejecución nº23 del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alaior para el 2015, y la transferencia de crédito necesaria para hacer frente a las necesidades de esta modificación

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Texto

Exp.2353/2014

Aprobada definitivamente la modificación de la base de ejecución nº23 del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alaior para el 2015, y la transferencia de crédito necesaria para hacer frente a las necesidades de esta modificación, de acuerdo con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procede a la publicación definitiva:

Base 23.- Régimen de subvenciones

Las subvenciones que conceda el Ayuntamiento se regirán por la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las normas de desarrollo de la misma.

Las subvenciones concedidas, serán pagadas una vez se haya justificado el gasto realizado, objeto de la subvención, con los documentos necesarios. No obstante, el Alcalde o el regidor delegado, en sus competencias, y mediante decreto, pueden resolver un anticipo de la subvención concedida de hasta un 50% del importe total. En el caso de subvenciones nominativas, el pago se realizará de acuerdo con lo que se establezca en el convenio que regule la misma.

Se establecen las siguientes subvenciones nominativas:

Org.

Prog.

Ec.

ENTITAT

IMPORT

1

1510

4800000

Convenio torre Solí

20.000,00

1

1510

4800010

Convenio Cales Coves

1.000,00

1

1510

4800010

Convenio Son vitamina

1.500,00

1

4314

4800000

Ayudas fomento del comercio(comerciantes)

3.000,00

1

4320

4800000

Convenio Lo esport Sant Silvestre

1.000,00

1

9240

4800000

Asociación de Vecinos de Cala en Porter

10.000,00

1

9240

4800000

Amics de la festa de caixers

300,00

3

3340

4800000

Creu Roja – Concert Líric

3.000,00

3

3340

4800020

Forum 3r . Mil·lenni

7.500,00

3

3340

4800020

Joventuts Musicals

1.200,00

3

3340

4800020

Grup Filatèlic

1.000,00

3

3340

4800020

Soca Mots

450,00

3

3340

4800020

Apa La salle Teatre

250,00

3

3340

4800020

Assoociación per la dansa

300,00

3

3340

4800020

Centre Cultural

2.100,00

3

3340

4800020

Creu Roja

1.900,00

3

3340

4800020

Amas de Casa

500,00

3

3340

4800020

Coral Canticus

600,00

3

3340

4800020

Universitat Oberta de majors

2.000,00

3

3340

4800020

Amics del Museu

1.800,00

3

3340

4800020

Fundació enciclopedia Menorca

3.000,00

5

3410

4800000

C. Tenis Alaior

7.400,00

5

3410

4800000

CB Jovent

18.000,00

5

3410

4800000

CE Alaior

18.000,00

5

3410

4800040

Conveni Iga Games

2.500,00

6

2310

4800000

Caritas

3.000,00

6

2310

4800000

Club de Jubilats

2.500,00

6

2310

4800010

Convenio Fundació Home Lliure

2.000,00

6

2311

4800000

Fundació Discapacitats

6.500,00

6

2312

4800000

Tercer Mon

6.000,00

5

3410

4800000

Club Hípic

6.000,00

3

3360

7800000

Parròquia Santa Eulàlia

16.000,00

Expediente de modificación de créditos, 16/2015 TRANS: en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de diferente grupo de función, de acuerdo con el siguiente detalle:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

3 3360 7800000

Transferència capital entitats sense anim de lucre – Parròquia Santa Eulàlia

16.000,00

TOTAL ALTES

16.000,00

Bajas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

5 1320 6220000

Compra edifici policia

16.000,00

TOTAL BAIXES

16.000,00

Esta aprobación puede ser impugnada ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 i 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de esta Jurisdicción.

El acuerdo se puede encontrar en la página web en el link http://www.alaior.org/Contingut.aspx?IdPub=10223 y puede ser descargado en la seu.sedelectronica.es, enganchando en la casilla «validar documento» el código de validación 6ZJ4HRMS29KCQ9EDZLWQXA9Z9

Firmado por mi, la alcaldesa, Misericordia Sugrañes Barenys, en Alaior, en la fecha de la firma electrónica que consta al margen de este documento.