Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 15899
Declarar la caducidad del expediente de obra 563/2008 por causa imputable al interesado
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Por no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que aparece en el expediente que se relaciona a continuación y que se tramita en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica al Sr. JOSÉ GARCIA VILLA, que al expediente que se tramita para realizar obras consistentes en reforma interior de vivienda, ha sido dictada la siguiente resolución:
“Antecedentes de hecho:
1. En fecha 19 de septiembre de 2008, el Sr. JOSE GARCIA VILLA presentó solicitud de licencia de obra menor para realizar obras consistentes en reforma interior de vivienda en el C/ SEBASTIA PLANISI, 30, P01 de Manacor.
2. Mediante oficio de 30 de diciembre de 2008, el cual fue debidamente notificado al promotor el 9 de enero de 2009, se lo requería porque subsanara las deficiencias que se le comunicaban.
3. No consta que en fecha de hoy el interesado haya realizado de otra actuación tendente a agasajar el trámite y continuar la tramitación del procedimiento.
Fundamentos jurídicos
1. Los artículos 92 y 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.
2. Considerando que el procedimiento ha quedado paralizado por causa imputable al interesado.
Vistos los antecedentes mencionados,
RESUELVO
1.- Declarar la caducidad del procedimiento y el archivo de las actuaciones practicadas, toda vez que el procedimiento ha quedado paralizado por causa imputable al interesado.
Derechos liquidados: Tasa para la tramitación de licencias: 35.99 €
2.- Poner los hechos en conocimiento del Negociado de Infracciones Urbanísticas a fin de que tengan conocimiento y a los efectos oportunos.
3. Comunicar esta resolución a los interesados.”
En conformidad con el dispuesto al artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podéis interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la notificación de la resolución ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso – administrativo ante el Juzgado Contencioso – Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si optáis para interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso – administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso – administrativo, será de dos meses contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
RECURSOS CONTRA LA LIQUIDACIÓN
Contra la presente resolución, podéis interponer ante el órgano que dictó el acto, en conformidad con el arte. 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL, de 5 de marzo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado del día siguiente al de la notificación, el cual se entenderá desestimado si no se notifica la resolución por el transcurso de un mes a contar desde la interposición del recurso.
El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, será de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses, a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Todo esto sin perjuicio de que podáis ejercitar cualesquiera otro recurso que consideráis pertinente.
Todo el que se hace público en cumplimiento del dispuesto al arte. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Regimos Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y el arte. 194 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Manacor, 26 de octubre de 2015.
La regidora delegada de licencias urbanísticas
(decreto 1732/2015)
Núria Hinojosa Abenza