Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15797
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Suspensión provisional de la aprobación de la lista de admitidos de la convocatoria del puesto de trabajo de Jefe de la Policía Local
La Regidora del Área de Función Pública y Gobierno Interior en fecha 19 de octubre de 2015 por decreto número 18144, ha resuelto lo siguiente:
PRIMERO.- Posponer temporalmente la aprobación de la lista de admitidos para tomar parte en la convocatoria para la provisión temporal en comisión de servicios, del puesto de trabajo de Jefe de la Policía Local, por el sistema de libre designación, dado que entre los aspirantes presentados hay funcionarios de otras Fuerzas y Cuerpos de seguridad y el Decreto 28/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares a su disposición derogatoria única ha derogado expresamente el Decreto 67/2007, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento marco de medidas urgentes de las policías locales de las Islas Baleares, donde se establecían dichas equivalencias, sin prever una transitoriedad hasta la aprobación de la nueva norma.
Una vez publicada la normativa reguladora de las equivalencias entre los Cuerpo de la Policía Local de las Islas Baleares y los miembros de otros cuerpos y fuerzas de seguridad, actualmente en trámite, se procederá a la aprobación de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos o, en su caso, y en función de lo que se establezca en la nueva normativa de equivalencias, se publicarán nuevamente las bases específicas, abriendo un nuevo plazo para la presentación de solicitudes para aquellas personas que cumplan los requisitos de la nueva normativa en su caso.
En cualquier caso, aquellos aspirantes que hubieran presentado instancia de admisión a la convocatoria publicada en el BOIB número 141, de 26 de septiembre de 2015, no tienen que presentar nuevamente instancia, dándose ya por presentados.
SEGUNDO.- Notificar el presente decreto a los interesados y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 21 de octubre de 2015
Coordinador del Registro de Personal e Informática
Joan Miquel Escalas Vidal