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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 15761
Resolución del Consejero de Educación y Universidad de día 16 de octubre de 2015 por la cual se autoriza la implantación del idioma ruso en la Escuela Oficial de Idiomas de Eivissa

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Texto

Hechos

1.El Decreto 30/1999 de 26 de marzo de 1999, (BOCAIB de 8 de abril) creó la Escuela Oficial de Idiomas de Eivissa.

2. La Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, de 17 de mayo de 1999, (BOCAIB de 25, de mayo) dispuso los estudios que debía impartir la Escuela Oficial de Idiomas de Eivissa, creada por el Decreto 30/1999, de 26 de marzo de 1999. Siendo su configuración la siguiente: alemán, inglés, ingles a distancia y francés.

3. La Orden del Consejero de Educación y Cultura de 30 de mayo de 2000, (BOCAIB de 8 de junio), implantó la enseñanza del catalán.

4.La Resolución del Consejero de Educación y Cultura de día 4 de junio de 2010 (BOIB de 24 de junio) autorizó la implantación de los idiomas italiano y español para extranjeros con efectos del curso académico 2004/2005. Siendo su configuración la siguiente: alemán, inglés, inglés a distancia, catalán, francés, italiano y español para extranjeros.

5.La Resolución del Consejero de Educación y Cultura de día 7 de junio de 2010 (BOIB de 24 de junio) autorizó la ampliación de los niveles C1 y C2 del Consejo de Europa de los idiomas implantados, en todas las EOI de las Illes Balears.

3.El día 28 de setiembre de 2015, el Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, con el visto bueno del jefe del Departamento de Planificación y Centros, emitió informe favorable para la implantación del idioma ruso en la Escuela Oficial de Idiomas de Eivissa (código de centro: 07002373), con efectos académicos y administrativos del inicio de curso de 2014-15.

Una de las competencias de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros es la de autorizar las enseñanzas que se tienen que implantar en los centros educativos y, en este caso, se ha tenido en cuenta la Orden de 8 de enero de 2008 (BOIB de 24 de enero), dónde se regulan los aspectos generales de la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1.La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (BOE núm.106, de 4 de mayo), en redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), (BOE núm. 295, de 10 de diciembre).

3.El Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas de idiomas en despliegue de la LOE.

4.La Orden de 8 de enero de 2008 (BOIB de 24 de enero), donde se regulan los aspectos generales de la organización de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Illes Balears.

5.El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE de 1 de marzo), reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE de 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que disponen los artículos 27 y 149.1.30a de la Constitución española.

Por todo eso, y a propuesta en fecha 15 de octubre de 2015, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros dicto la siguiente

 RESOLUCIÓN

1.Autorizar la implantación del idioma Ruso en la Escuela Oficial de Idiomas de Eivissa código de centro: 07002373. Los efectos académicos y administrativos de la implantación mencionada son desde el inicio del curso escolar 2014-2015.

2.Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07002373

Denominación genérica: Escuela Oficial de Idiomas

Denominación específica: Escuela Oficial de Idiomas de Eivissa

Domicilio: Ctra. de Sant Antoni, Km 12

Localidad: Eivissa

CP: 07800

Municipio: Eivissa

Enseñanzas autorizadas:

Alemán, Inglés, Inglés a distancia, catalán, francés, Italiano, español para extranjeros y ruso.

La Consejería de Educación, y Universidad adoptará las medidas oportunas para la implantación de la enseñanza que se dispone en esta Resolución.

Esta Resolución empieza a regir el mismo día de su publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día en qué se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 i 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Lile 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justícia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

     

Palma, 16 de octubre de 2015

       

El Consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà