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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 15651
Resolución de Alcaldía de día 19 de octubre de 2015, núm. 2015-0770, por la cual se modifica la delegación de competencias en los regidores del Ayuntamiento de Alaior

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Texto

Expediente núm. 1567/2015

Se hace pública, para general conocimiento, la Resolución de Alcaldía de fecha 19 de octubre de 2015, núm. 2015-0770, por la que se modifica la Resolución de Alcaldía núm. 2015-0629, de fecha 2 de julio de 2015, de delegaciones de competencias a los concejales del Ayuntamiento de Alaior:

"Vista la Resolución de Alcaldía núm. 2015-0629, de fecha 2 de julio de 2015, por la que se delega a favor de los concejales que se determinan la gestión, inspección e impulso de las materias que este decreto especifica;

Dado que es voluntad de la alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior modificar la Resolución de Alcaldía núm. 2015-0629, de fecha 2 de julio de 2015, de acuerdo con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), que dispone que para las modificaciones de las delegaciones se aplicarán las mismas normas que para la concesión (reguladas en el artículo 44);

En uso de las competencias atribuidas a esta Alcaldía en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO:

PRIMERO. Incluir en el punto segundo, referido a la delegación de competencias en el concejal Emilio Agis Benejam, la atribución siguiente: «Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a sus servicios delegados.»

SEGUNDO. Eliminar del primer párrafo del punto cuarto la gestión del Punto Verde.

TERCERO. Modificar la Resolución de Alcaldía núm. 2015-0629, de fecha 2 de julio de 2015, de delegación de competencias delegando a favor del concejal Rafael Quintana Villalonga la participación ciudadana.

CUARTO. Modificar el párrafo primero del punto sexto eliminando la frase «las instalaciones deportivas de los centros públicos en horario extraescolar...» porque está repetida.

QUINTO. Modificar el párrafo tercero del punto sexto añadiendo tres puntos suspensivos a continuación del mercado de Navidad, que queda con la siguiente redacción: «mercado de Navidad...».

SEXTO. Añadir un punto séptimo de reserva a favor de la Alcaldía para la aprobación y formalización de los convenios administrativos, tanto con entidades públicas como privadas, que queda con la siguiente redacción: «Séptimo. Esta Alcaldía se reserva la aprobación y formalización de los convenios administrativos, tanto con entidades públicas como privadas, que se tramiten, así como las atribuciones no expresamente delegadas en los concejales o no atribuidas a la Junta de Gobierno.».

SÉPTIMO. Aprobar el texto refundido de la Resolución de Alcaldía núm. 2015-0629, de fecha 2 de julio de 2015, de delegación de competencias con las modificaciones aprobadas anteriormente, quedando con la siguiente redacción:

En uso de las atribuciones que han sido conferidas a esta Alcaldía en los artículos 21.3, 23.4 y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, teniendo en consideración lo que dispone el artículo 29 de la Ley 20/2006 Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares,

RESUELVO:

PRIMERO. Delegar a favor del concejal Arturo Pons Reurer, primer teniente de alcalde, la gestión, inspección e impulso de los servicios relacionados con el alumbrado público; el uso, mantenimiento y limpieza de parques y jardines; el mantenimiento del mobiliario urbano; la gestión de la Brigada Municipal de Obras, las reparaciones y el mantenimiento de vías públicas, aparcamientos y edificios municipales; la gestión, inspección e impulso del área de Seguridad Pública, Orden Público y Policía Local, así como los servicios relacionados con protección civil y prevención y extinción de incendios; la ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas, y la resolución de los expedientes sancionadores; la circulación y los taxis; el cementerio, los servicios funerarios y la policía sanitaria mortuoria.

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados; estará a su cargo la gestión de los bienes municipales relacionados con dichas áreas; la gestión del personal y, en particular, la negociación colectiva, individual y la representación de la corporación ante las organizaciones sindicales; la aprobación de los planes de vacaciones del personal; la concesión de licencias y permisos; la instrucción de expedientes de personal; la resolución de faltas leves; la oferta pública de ocupación; las bolsas de selección de personal y las propuestas de distribución de retribuciones complementarias que sean fijas y periódicas de acuerdo con los concejales delegados de las áreas.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación por los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y otros expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados; los parques y jardines, y las zonas verdes públicas.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

SEGUNDO. Delegar a favor del concejal Emilio Agis Benejam, segundo teniente de alcalde, la gestión, inspección e impulso del área económica de acuerdo con el presupuesto aprobado; la negociación y la propuesta de operaciones de crédito; la planificación de las disposiciones de fondos; la preparación de las cuentas municipales; la gestión del inventario y de los bienes municipales, y los expedientes de responsabilidad patrimonial que requieran dictamen del Consejo Consultivo.

Asimismo, le corresponderá la gestión y la coordinación con otras administraciones de las obras públicas de envergadura que se ejecuten dentro del municipio, como por ejemplo las obras del Pati de sa Lluna.

Así como la gestión, la inspección y el impulso de todas las obras municipales; la salubridad, el saneamiento, las instalaciones de depuración de titularidad municipal, las estaciones de bombeo y los pluviales; la gestión del abastecimiento de agua potable del municipio y el alcantarillado; la distribución y el suministro de energía eléctrica y las infraestructuras de telecomunicaciones;

También le corresponderá la gestión, la inspección y el impulso en materias de vías de comunicación, como por ejemplo la conservación de caminos y vías rurales y sus accesos a los núcleos de población; el mantenimiento y la conservación de los núcleos rurales de Llumena y Biniguarda, de Alaior, y el núcleo tradicional de L'Argentina; la programación, promoción y gestión de viviendas de promoción pública; la aprobación de los planes de seguridad y salud de las obras públicas.

Estará a su cargo la gestión de los bienes municipales relacionados con dichas áreas: caminos y vías municipales, pozos e instalaciones de servicios de agua potable, instalaciones de telecomunicaciones, etc.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

Le corresponde la autorización y disposición de los gastos de su área por importes inferiores a 18.000 euros (IVA no incluido). Le corresponde también la autorización y la imposición de gastos de las demás áreas del Ayuntamiento por cantidades superiores a 4.000 euros e inferiores a 18.000 euros (en los dos casos IVA no incluido), previa propuesta del concejal del área correspondiente.

Le corresponde la competencia como órgano de contratación de todos los contratos mayores de 4.000 euros e inferiores a 18.000 euros (en los dos casos IVA no incluido).

Asimismo será el órgano competente para el reconocimiento de las obligaciones cuando su importe sea inferior a 18.000 euros (IVA no incluido).

También le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados, cuando ésta no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde el desarrollo de la gestión del presupuesto de ingresos así como de la gestión tributaria y de recaudación; elaborar y proponer los proyectos o modificaciones de las ordenanzas reguladoras de los tributos y precios públicos.

TERCERO. Delegar a favor de la concejala Isabel Rodríguez Anglada, tercera teniente de alcalde, la gestión, inspección e impulso del área de cultura, y las relaciones con la Universitat de les Illes Balears, la protección y la gestión del patrimonio histórico-artístico; la biblioteca municipal; los gigantes y cabezudos; los museos y la normalización lingüística; las actividades culturales como la Feria del Libro, exposiciones, cine, charlas y conferencias, conciertos del convento de Sant Diego, Semana Santa, aniversario del pueblo, Semana del Teatro, actividades culturales de Cala en Porter, festival de la canción, gala lírica, muestra de artesanía, la Candelera, el concierto de Santa Lucía y otras de nueva creación.

Asimismo le corresponde la gestión del Centro Internacional de Grabado Xalubínia, excepto el aula de dibujo, la Sala de Actividades Ciudadanas y el edificio de la Escuela de Adultos.

Le corresponde la autorización y disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y otros expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados. Será a su cargo la gestión del uso de los bienes municipales relacionados con estas áreas: Biblioteca y Centro Internacional de Grabado Xalubínia.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

QUART. Delegar a favor del concejal Roger Ferrer Kemp, cuarto teniente de alcalde, la gestión, inspección, impulso y protección del medio ambiente; la gestión y vigilancia de las actividades y usos que se lleven a cabo en las playas, así como su mantenimiento; la conservación y el mantenimiento de las urbanizaciones y los núcleos tradicionales de Calescoves y Son Vitamina; la recogida de basuras y limpieza viaria; la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas; la gestión de los bienes municipales relacionados con esta área: desechería y parcela de instalaciones urbanas de la zona de equipamientos de Cala en Porter. Con este fin, se coordinará con todos los responsables de los servicios municipales para garantizar la unidad de criterio de las empresas prestadoras de servicios y, en principio, será responsabilidad del concejal delegado de cada servicio la resolución concreta de los conflictos que puedan plantearse.

Le corresponde la autorización y disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y otros expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados, cuando no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

QUINTO. Delegar a favor del concejal Cristóbal Marqués Palliser la gestión, inspección e impulso de los Servicios Sociales Municipales y del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), así como de los programas de fomento del voluntariado y asociacionismo relacionados con dicha materia; la promoción y la reinserción social, y la cooperación con el Tercer Mundo.

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados. Estará a su cargo la gestión de los bienes municipales relacionados con estas áreas: edificio de Santa Rita para Servicios Sociales, edificio de la Cruz Roja y centro geriátrico. La gestión, inspección e impulso del área de Educación, el fomento para la ocupación y la gestión del uso de los bienes municipales relacionados con esta área: Espacio Rotger, colegio Dr. Comas, colegio Mestre Duran, Escuela de Adultos, escuela Es Pouet y aula de dibujo del Centro Internacional de Grabado Xalubínia.

El funcionamiento de los centros de educación primaria y educación infantil, los servicios complementarios de educación, el fomento de la convivencia ciudadana, las actividades formativas y el desarrollo económico local y del polígono industrial, así como la promoción de todo tipo de actividades económicas privadas; el fomento de la ocupación y de los emprendedores, el proyecto Parc Bit, la creación de viveros de empresas e industrias, el diálogo con las asociaciones profesionales, el uso de nuevas tecnologías y la aplicación efectiva de las medidas de administración electrónica que el Gobierno central quiere emprender dirigidas a la actividad empresarial y comercial; la gestión informática y el desarrollo de la página web municipal y los transportes públicos.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y otros expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados cuando no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

SEXTO. Delegar a favor del concejal Rafael Quintana Villalonga la participación ciudadana; la promoción y el fomento del deporte, así como los programas de fomento de voluntariado y asociacionismo relacionados con esta materia; la gestión del equipamiento deportivo y la planificación de las actividades deportivas; la gestión de la utilización de las instalaciones deportivas de los centros públicos en horario extraescolar, las instalaciones deportivas, como por ejemplo la sala M3C, el polideportivo, el campo de fútbol, el campo de fútbol 7, el Club Hípico, los parques de patinaje (skatepark), las instalaciones deportivas de Cala en Porter y el Centro Sociocultural y Recreativo Antic Escorxador.

Asimismo también le corresponde el área de Juventud y sus instalaciones: Es Bot y el Punto de Información Joven; las fiestas populares de Sant Llorenç, Cala en Porter, Festa de Caixers, Navidad (belén, Fin de Año, Reyes, visita del paje), Carnaval y otros de nueva creación.

También se le encomienda la gestión de los mercados y las ferias municipales: mercado de stocks, Feria del Campo, Mercat de Nit, mercado de Cala en Porter, feria de otoño, mercado de Navidad... y otros de nueva creación. Asimismo, también le corresponde facilitar el desarrollo económico local.

Le corresponde la autorización y la disposición de gastos de su área por importe inferior a 4.000 euros (IVA no incluido), así como la competencia como órgano de contratación para los mismos importes.

Le corresponde el impulso de los expedientes de contratación y otros expedientes de gasto de su área cuando el importe sea superior a 4.000 euros (IVA no incluido).

Asimismo, le corresponderá la dirección del personal afecto a los servicios delegados cuando aquella no corresponda al responsable del servicio.

Le corresponde también la tramitación por faltas por incumplimiento de las ordenanzas en materias de su competencia y los expedientes de responsabilidad patrimonial relacionados con el área de su competencia.

SÉPTIMO. Esta Alcaldía se reserva la aprobación y la formalización de los convenios administrativos que se tramiten, tanto con entidades públicas como privadas, así como las atribuciones no expresamente delegadas en los concejales o no atribuidas a la Junta de Gobierno.

OCTAVO. Elevar el expediente al interventor de fondos para que adopte las medidas oportunas a los efectos de la creación de los programas económicos adecuados a las nuevas competencias para el ejercicio de 2015.

NOVENO. Notificar personalmente la presente resolución a las personas designadas, que se considerará aceptada tácitamente, siempre y cuando no haya manifestación expresa.

DÉCIMO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal para general conocimiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de esta resolución por parte de la alcaldesa, y dar cuenta de ello en el Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

OCTAVO. Notificar la presente resolución a los concejales afectados y remitirla a los responsables de área a fin de que tomen conocimiento de la misma.

NOVENO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal para general conocimiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de su firma por la alcaldesa, y dar cuenta de la misma al Pleno de la corporación en la primera sesión que celebre."

Lo que se somete a información pública para general conocimiento.

   

Alaior, 20 de octubre de 2015

  

La alcaldesa

Misericordia Sugrañes Bareny