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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15645
Departamento de Movilidad. Sección de Transportes. Calendario de revisones de los vehículos de tracción animal para el año 2016
Providencia de Alcaldía
Se hace saber a los titulares de Licencias de Galeras, que de conformidad con los artículos 32 y 33 del vigente Reglamento Municipal del Servicio de transporte urbano de viajeros con vehículo de tracción animal (Galeras), la revisión anual prevista para el año 2016, se llevará a cabo según las siguientes condiciones y calendario:
1. Para las galeras que operan en Palma, incluidas las asignadas al estacionamiento de la calle Conquistador, se efectuará durante la jornada y horario indicado, referido a las licencias cuyo número expresamente se indica para la revisión ordinaria, en las dependencias de la Policìa Local, en avenida Sant Ferran, con acceso por la parte posterior del edificio, en calle Son Calbet.
2. Para las galeras que operan en la zona del Arenal, durante las jornada y horario indicado, referido a las licencias cuyo número expresamente se indica para la revisión ordinaria, en el Rancho Bonanza.
3. Practicada la revisión ordinaria, en idénticos lugares se realizará la correspondiente revisión en segunda convocatoria, destinada a las galeras que no hayan acudido a la revisión ordinaria o les quede pendiente la subsanación de deficiencias, en las fechas y horario que así mismo se indica.
Revisión ordinaria
Primer grupo: Catedral |
Fecha |
Hora |
Licencia 04 |
7 de marzo de 2016 |
10.00 |
Licencia 05 |
7 de marzo de 2016 |
10.15 |
Licencia 08 |
7 de marzo de 2016 |
10.30 |
Licencia 14 |
7 de marzo de 2016 |
10.45 |
Licencia 19 |
7 de marzo de 2016 |
11.00 |
Licencia 33 |
7 de marzo de 2016 |
11.15 |
Licencia 35 |
7 de marzo de 2016 |
11.30 |
Licencia 38 |
7 de marzo de 2016 |
11.45 |
Licencia 40 |
8 de marzo de 2016 |
10.00 |
Licencia 42 |
8 de marzo de 2016 |
10.15 |
Licencia 51 |
8 de marzo de 2016 |
10.30 |
Licencia 53 |
8 de marzo de 2016 |
10.45 |
Licencia 58 |
8 de marzo de 2016 |
11.00 |
Licencia 65 |
8 de marzo de 2016 |
11.15 |
Licencia 74 |
8 de marzo de 2016 |
11.30 |
Segundo grupo: Conquistador |
Fecha |
Hora |
Licencia 01 |
9 de marzo de 2016 |
10.00 |
Licencia 10 |
9 de marzo de 2016 |
10.15 |
Licencia 25 |
9 de marzo de 2016 |
10.30 |
Licencia 28 |
9 de marzo de 2016 |
10.45 |
Licencia 32 |
9 de marzo de 2016 |
11.00 |
Licencia 36 |
9 de marzo de 2016 |
11.15 |
Licencia 52 |
9 de marzo de 2016 |
11.30 |
Licencia 72 |
9 de marzo de 2016 |
11.45 |
Tercer grupo: S’Arenal |
Fecha |
Hora |
Licencia 03 |
10 de marzo de 2016 |
10.00 |
Licencia 06 |
10 de marzo de 2016 |
10.15 |
Licencia 50 |
10 de marzo de 2016 |
10.30 |
Licencia 70 |
10 de marzo de 2016 |
10.45 |
Licencia 77 |
10 de marzo de 2016 |
11.00 |
Convocatoria especial ordinaria para caballos adscritos a galeras con incorporación múltiple de animales
Grupo |
Fecha |
Hora |
Primer grupo: Catedral |
11 de marzo de 2016 |
10.00 |
Segundo grupo: Conquistador |
14 de marzo de 2016 |
10.00 |
Tercer grupo: S’Arenal |
15 de marzo de 2016 |
10.00 |
Segunda convocatoria
Grupo |
Fecha |
Hora |
Primer grupo: Catedral |
16 de marzo de 2016 |
10.00 |
Segundo grupo: Conquistador |
17 de marzo de 2016 |
10.00 |
Tercer grupo: S’Arenal |
18 de marzo de 2016 |
10.00 |
Convocatoria especial extraordinaria para caballos adscritos a galeras con incorporación múltiple de animales
Grupo |
Data |
Hora |
Primer grupo: Catedral |
11 de julio de 2016 |
10.00 |
Segundo grupo: Conquistador |
12 de julio de 2016 |
10.00 |
Tercer grupo: S’Arenal |
13 de julio de 2016 |
10.00 |
4. Deberá comparecer con la documentación que se relaciona en el artículo 41.1 y 2, con la que justifique hallarse al corriente de las cotizaciones de la Seguridad Social, de alta a efectos del Impuesto de Actividades Económicas y Prima del Seguro, así como justificante de abono de la tasa municipal por inspección de vehículos del servicio de transporte urbano, establecida en la correspondiente Ordenanza fiscal.
5. En la programación de la revisión se incluyen jornadas para revisión especial ordinaria y extraordinaria de caballos adscritos a galeras con incorporación múltiple de animales. Los caballos en esta situación, disponen de esta posibilidad adicional de revisión para solucionar las dificultades originadas por la multiplicidad.
6. Todos los caballos presentados irán debidamente identificados mediante el sistema oficial reconocido en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Esta identificación consistirá y estará obligatoriamente acreditada mediante el Documento de Identificación Equino (DIE) o pasaporte y el ‘transponder’ electrónico o microchip implantado al animal, con las correspondientes etiquetas del código numérico en el documento identificativo.
7. Así mismo se presentará un visado oficial o diligencia emitida por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, necesaria para la libre circulación en el territorio de las Islas Baleares durante el año en curso. Igualmente se requiere acreditación de los tratamientos preventivos (vacunas) ante la Influenza Equina y Tétanos que se hayan realizado en los últimos doce meses, con el sello y la firma del veterinario responsable designado por el titular de la licencia.
8. Las guarniciones de los animales llevarán taladrado el número de la licencia y las herraduras de las caballerías serán solo de goma, cumpliendo el artículo 25 del Reglamento del servicio.
9. Podrán acudir también a la revisión, en las fechas indicadas, otras galeras que actualmente estén en situación de suspensión del servicio, cuando pretendan reiniciarlo próximamente. Para ello, el titular deberá efectuar la pertinente consulta previa ante la Sección de Transportes.
10. Para facilitar la práctica de la revisión, los técnicos municipales competentes y agentes de la Policía Local, se reunirán con los galeristas que quieran acudir a una sesión informativa, que se convoca para el día 9 de febrero a las 10.00 horas, en las dependencias del Área de Movilidad, en la avenida de Sant Ferran, con una duración aproximada de una hora. Los galeristas podrán asistir personalmente o representados por la asociación en la que estén integrados.
11. Con independencia de la revisión periódica anual, las revisiones específicas para autorizar la adscripción de caballos del artículo 23 del Reglamento municipal regulador del servicio, se realizarán a las diez horas de las jornadas coincidentes en jueves, en las dependencias de la Policía Local, en avenida Sant Ferran, previa determinación del Departamento de Movilidad en cada caso y a partir de las solicitudes de los interesados y justificante de abono de la tasa municipal correspondiente para realizar dicha revisión específica.
Palma a 19 de octubre de 2015
El regidor del Area de Movilidad
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 10999, de 16/06/2015
(BOIB núm. 92, de 23/06/2015)
Joan Ferrer Ripoll
p.d. Decreto de Alcadía núm. 10931 de 15/06/2015
(BOIB núm. 92, de 23/06/2015)