Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15619
Juicio de faltas 311/2015
En virtud de lo acordado en el presente procedimiento, remito a V.E. la presente CERTIFICACION DE SENTENCIA para su inserción en el BOLETÍN OFICIOAL DE LA C.A.I.B.
SENTENCIA 304/15
En PALMA DE MALLORCA a 10 de Septiembre de dos mil quince.
D. ANTONI ROTGER CIFRE, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Instrucción número Ocho de los de Palma de Mallorca, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 0000311 /2015, seguida por una FALTA DE DAÑOS a instancia de denuncia suscrita pro NURIA PEREA PAU contra CARLOS CRISTIAN COROMINAS SEGUI Y EN CALIDAD DE PERJUDICADO – CONSORCIO DE TRANSPORTES MALLORQUINES- habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal, representado por Dª. Isabel Monforte, quién ejercitó la acción pública, y
FALLO
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a CARLOS CRISTIAN COROMINAS SEGUI como autor responsable de una falta de FALTA DE DAÑOS INTENCIONADOS a la pena de VEINTE DÍAS DE MULTA A RAZÓN DE DIEZ EUROS DIARIOS y a que indemnice en concepto de responsabilidad civil a la entidad CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MALLORCA en la cantidad de 390’83 euros y al pago de las costas procesales causadas.
En caso de impago de la multa, el mismo queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a CARLOS CRISTIAN COROMINAS SEGUI, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de LAS ISLAS BALEARES, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a 14 de octubre de 2015.
EL/LA SECRETARIO