Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 15612
Aprobación definitiva expediente modificación de crédito núm. 9/2015
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado el día 24 de Septiembre de 2015 sobre el expediente de modificación de créditos núm. 9/2015, de créditos extraordinarios por la aplicación de parte del superávit de 2014 con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, que se hace público resumido por capítulos:
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CRÈDITOS EXTRAORDINARIOS |
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CAPÍTULO |
DESCRIPCION |
IMPORTE |
6 |
Inversiones reales |
1.195.028,56 |
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TOTAL CREDITOS EXTRAORDINARIOS |
1.195.028,56 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
1.195.028,56 |
Contra este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 171.3 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí misma la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Sant Josep de sa Talaia, a 21 de Octubre de 2015
EL ALCALDE,
Josep Marí Ribas