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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA

Núm. 15553
Procedimiento Social Ordinario 1315/2014

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Texto

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: 

Que en este Juzgado, se sigue los autos núm. 1315/2014, sobre Social Ordinario, a instancia de BENITO ROMERO MENACHO contra SOCIEDAD INVERSORA INMOBILIARIA DE LES ILLES BALEARS SL, en la que con fecha 08.10.15 se ha dictado Sentencia  que sustancialmente dice lo siguiente: 

En Jerez de la Frontera, a ocho de octubre del dos mil quince. 

MARIA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD seguidos a instancia de D BENITO ROMERO MENACHO contra SOCIEDAD INVERSORA INMOBILIARIA DE LES ILLES BALEARS SL, emplazado el FOGASA. EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente  

SENTENCIA

FALLO 

Que estimando la demanda formulada por D. BENITO ROMERO MENACHO contra SOCIEDAD INVERSORA INMOBILIARIA DE LES ILLES BALEARS SL, emplazado el FOGASA, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 3.432'70 € brutos, incrementadosen el 10% correspondiente en concepto de intereses por mora. 

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. 

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número  en el Banco de Santander nº 1256 0000 65 1315 14, (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. 

Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento).

Se advierte a las partes que para recurrir en suplicación han de proceder a abonar las tasas conforme a lo dispuesto en la Ley 10/12, de 20 de Noviembre (BOE 21 de noviembre 2012) y la Orden Ministerial 2662/12, de 13 de diciembre (BOE 15 de diciembre 2012). 

Así por esta mi sentencia lo ordeno, mando y firmo. 

Y para que sirva de notificación en forma a SOCIEDAD INVERSORA INMOBILIARIA DE LES ILLES BALEARS SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de LA PALMA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA