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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15485
Juicio de faltas nº 188/2015

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a CAROLINA PAUL MECA  la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debo CONDENAR a Dña. CAROLINA PAUL MECA, en quien no concurre ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, como autora responsable de una falta de hurto del art. 623 CP, a la pena de 1 mes de multa con una cuota diaria de 10 €, es decir, al pago en total de 300 euros; cantidad que en caso de impago y previa acreditación de la insolvencia del penado, dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas no satisfechas, en virtud de lo establecido en el artículo 53 CP. En concepto de responsabilidad civil derivada de la falta, Dña. Carolina deberá indemnizar a Dña. ALEXANDRA MELISSA MONTOYA GOGIN en la cantidad de 40 euros más la que se determine en ejecución de sentencia por los desperfectos, mediante la acreditación de la correspondiente factura de reparación de la cámara, por la responsabilidad civil derivada de la falta.

Y todo ello con expresa imposición de costas a Dña. CAROLINA PAUL MECA.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber  que la misma NO ES FIRME y que contra ella cabe RECURSO DE APELACIÓN, que deberá presentarse ante este mismo Juzgado en el PLAZO DE LOS 5 DÍAS siguientes al de su notificación para su resolución por la Audiencia Provincial de les Illes Balears, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la secretaría del Juzgado.

En PALMA DE MALLORCA a 9 de Octubre de 2015.

LA SECRETARIA JUDICIAL