Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15398
Juicio verbal (desahucio precario) 132/2015 sobre otras materias
D./Dña. GABRIELA MORENO UBIETA, Secretario/a Judicial de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se NOTIFICA a IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en C/LLAC GARDA, 4 DE PALMA, la SENTENCIA de fecha 18/06/15, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Nº 105
En Palma de Mallorca, a dieciocho de junio de dos mil quince.
MARIA ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, HE VISTO Y EXAMINADO los presentes autos de juicio verbal nº 132/15, seguidos a instancia de la entidad bancaria "BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A.”, representada por el Procurador D. Francisco Tortella Tugores y defendida por el Letrado D. Miguel Ángel Pazos Moya, contra LOS DESCONOCIDOS OCUPANTES INCONSENTIDOS DEL INMUEBLE SITO EN LA C/ LLAC GARDA Nº 4 DE “SON RAPINYA” (Palma de Mallorca), en situación de rebeldía procesal, en procedimiento de desahucio por precario.
NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, a interponer por escrito ante este mismo juzgado en el término de 20 días, y líbrese testimonio, que se unirá a las actuaciones, quedando el original archivado en el Libro de Sentencias del juzgado.
ASÍ LA PRONUNCIO, MANDO Y FIRMO.
La anterior Sentencia se ha dictado en el procedimiento JUICIO VERBAL 132/2015, del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Palma de Mallorca, en cuya Secretaría podrán los interesados tener conocimiento íntegro del acto.
En PALMA DE MALLORCA a nueve de Octubre de dos mil quince
LA SECRETARIA JUDICIAL.