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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 15351
Resolución de la Consejera Ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones, por el que se ha resuelto modificar el plazo de justificación previsto en la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, al ámbito de la isla de Ibiza

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Texto

Visto el expediente administrativo que obra en el Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones correspondiente a las ayudas económicas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, para el año 2015.

Visto el informe propuesta de fecha 29 de septiembre de 2015 emitido por el Jefe de Sección de Bienestar Social con el visto y conforme del Secretario Técnico Transparencia, Buen Gobierno, TIC, Bienestar Social, Sanidad y Participación Ciudadana, del siguiente tenor literal “En el BOIB nº 46, de 2 de abril de 2015 se publicaron las bases de la convocatoria de ayudas económicas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de Ibiza para el año 2015, con un presupuesto de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000€) con cargo a la aplicación presupuestaria nº 2300.48900.

Esta línea de ayudas está contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Corporación, aprobado por el Consejo Ejecutivo en fecha 1 de diciembre de 2015 y publicado en el BOIB nº 177, de 27-12-2015 y posteriormente modificado en varias ocasiones.

De conformidad con la tramitación de aplicación, y de acuerdo con la base 9, la Comisión Evaluadora ha emitido informe en fecha 16 de septiembre de 2015, el cual tiene que servir de base para la elaboración de la propuesta de resolución, según se prevé en la base 9.3, que determina así mismo que el órgano competente para resolver estas ayudas es el Consejo Ejecutivo del CIE, a propuesta de la Consejera Ejecutiva de este Departamento.

Así mismo, se tiene que tener presente que en la base 11 de la referida convocatoria de ayudas, se prevé que el pago de la subvención se hará de manera fraccionada mediante dos justificaciones parciales.

El plazo para presentar la primera justificación del 50% de la ayuda concedida se había previsto hasta el 31 de agosto de 2015, porque se estimó que ya se habría resuelto el expediente llegada esta fecha.

En fecha 21 de agosto de 2015, se acordó por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza la modificación del plazo de justificación previamente previsto en la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de la Isla de Ibiza, año 2015, en el sentido de modificar la fecha prevista inicialmente para la justificación del 50% de la ayuda concedida a la base 11 primera, ampliándola hasta el día 30 de septiembre de 2015 mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 21 de agosto de 2015.

Cómo ya se ha expuesto anteriormente, la Comisión Evaluadora ha emitido informe que sirve para la elaboración del informe propuesta de resolución de fecha 16 de septiembre de 2015, y a fecha de hoy todavía está pendiente una parte de la tramitación administrativa (fiscalización, aprobación y notificación) que hará imposible presentar la justificación de hasta el 50% de la ayuda concedida el día 30 de septiembre de 2015.

En consecuencia y dada la fecha en que nos encontramos, resulta necesario debido a la imposibilidad de justificar una subvención que todavía no ha sido otorgada, volver a modificar la fecha prevista de justificación de 30 de septiembre de 2015 por la de 23 de octubre de 2015 para la justificación del 50% de la ayuda concedida que finalizaba el 30 de septiembre de 2015.

Visto que el Decreto de Presidencia de 8 de julio de 2011 (BOIB nº103, de 10-7-2015), de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza establece en su apartado j) que corresponde a los Consejeros Ejecutivos disponer de las facultades que se deriven de la LRJ-PAC sobre la ordenación del procedimiento, como ahora la ampliación de los plazos para resolver y la aplicación de la tramitación de urgencia, todo ello en relación con los procedimientos relativos a la actividad administrativa ejercida por el Departamento, se eleva a la Consejera Ejecutiva del Departamento, la siguiente PROPUESTA,

PRIMERO- Modificar el plazo de justificación previsto en la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de la isla de Ibiza, año 2015, en cuanto a la justificación del 50% de la ayuda concedida a la base 11, primera, ampliándola hasta el día 23 de octubre de 2015.

SEGUNDO- Comunicar este acuerdo a las entidades interesadas, así como publicarlo en el BOIB.”

Visto las facultades que tengo atribuidas por Decreto de Presidencia de 8 de julio de 2011 (BOIB 103, de 10-7-2015), de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza,

RESUELVO

PRIMERO- Modificar el plazo de justificación previsto en la convocatoria de ayudas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales, en el ámbito de la isla de Ibiza, año 2015, en cuanto a la justificación de hasta el 50% de la ayuda concedida a la base 11, primera, ampliándola hasta el día 23 de octubre de 2015.

SEGUNDO- Comunicar este acuerdo a las entidades interesadas, así como publicarlo en el BOIB.

Lo cual y firma la Consejera Ejecutiva del Departamento de Sanidad, Bienestar Social, Igualdad y Relaciones con Entidades y Asociaciones del Consejo Insular de Ibiza, y da fe (en cumplimiento de las funciones de fe pública arte. 2 RD 1174/1987 de 18 de septiembre el secretario general accidental, en Ibiza, el 30 de septiembre de 2015.

La Consejera Ejecutiva,                        El Secretario Gral. Acctal.,

Lydia Jurado Cotrina                            Antoni Riera Buforn

 

Eivissa 2 d'octubre de 2015

 

El secretario técnico de Transparencia, Buen Gobierno, TIC,
Bienestar Social, Sanidad y Participación Ciudadana,

Federico Lidiano Rey Castelló